El nuevo bono social cubrirá solo una parte del consumo anual de la luz
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
AGUSTÍ SALA / BARCELONA
Las familias numerosas seguirán beneficiándose del bono social, con un descuento del 25% en su factura de la luz, según los criterios de renta definidos por el Gobierno en el desarrollo normativo para actualizar sus requisitos. El Ministerio de Energía ha remitido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), para su preceptivo informe, el borrador de real decreto que desarrolla el bono social.
Una de las novedades es que se incluye un umbral de renta para poder acogerse a esta rebaja del 25%, con la excepción de las familias numerosas. De todas formas se fija un límite de consumo anual con derecho a descuento para cada tipo de perfil. La referencia de ingresos es el indicador público de renta (IPREM). Las rentas más bajas disfrutarán de un descuento del 40%.
El Ministerio fija el coste del nuevo sistema entre 230 y 235 millones anuales, frente a los 180 o 200 millones de la actualidad. Está previsto que cubra a unos 2,5 millones de hogares, una cifra similar a los 2,4 millones de la actualidad con el sistema cuya financiación invalidó el año pasado el Tribunal SupremofinanciaciónTribunal Supremo. En el proyecto de real decreto, el Gobierno estima en "unos 4,5 millones las personas que podrían estar en riesgo de pobreza energética".
El texto agrega que "no es cuestión de ampliar el colectivo de consumidores bajo la protección del bono social, sino garantizar que la cobertura del bono social atienda eficazmente a todos los consumidores que realmente lo necesitan (...)".
En el grupo de consumidores vulnerables, si se trata de una familia sin menores a cargo, el umbral de ingresos será 1,5 veces el IPREM, es decir 798,77 euros mensuales. Si tiene un hijo a cargo, 1.067,2 euros y si tienen dos, 1.331,28 euros mensuales. A su vez, los umbrales de renta anteriores se incrementarán en 0,5 veces el IPREM cuando haya víctimas de violencia de género, del terrorismo y algún miembro con una discapacidad superior al 33%.
PENSIÓN MÍNIMA
Asimismo, también podrán acogerse al bono social aquellas unidades familiares en las que uno de sus miembros sea beneficiario de pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente.
El límite de consumo anual será de 3.600 kilowatios por hora al año (Kwh/año) para las familias numerosas, de 1.200 en aquellas que no tengan hijos a cargo; 1.680 si tienen un hijo menor a cargo; 2.040 si tienen dos y 1.680 en las que hay pensionistas en cuantía mínima. Cada uno de los supuestos pagará la tarifa regulada o PVPC como el resto de consumidores cuando supere ese umbral de consumo.
En la regulación se crea una nueva categoría, los consumidores vulnerables severos, para aquellos hogares con rentas inferiores al 50% de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables. Los consumidores vulnerables severos tendrán una mayor protección y se beneficiarán de un descuento del 40% de su factura eléctrica.
Las familias numerosas o los hogares donde todos sus miembros que tengan ingresos sean pensionistas por jubilación o incapacidad permanente mínimas serán considerados vulnerables severos si su renta es inferior a 2 veces el IPREM (1.067,2 euros mensuales) o una vez el IPREM (532,21 euros mensuales) respectivamente.
RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL
También se crea la categoría de consumidores en riesgo de exclusión social, que serán aquellos que son consumidores vulnerables severos que, por sus especiales circunstancias, estén siendo atendidos por los servicios sociales de ayuntamientos o comunidades autónomas.
Estos consumidores serán considerados esenciales y no se les podrá suspender el suministro eléctrico. Esto se pagará por medio de la financiación adicional que liberará el sistema eléctrico (10%) y que complementará la aportación de los servicios sociales (50%) y del propio bono social (40%). En muchos países europeos esta ventaja se financia a través de los presupuestos públicos.
Además, en el caso de los consumidores vulnerables y vulnerables severos se amplía de dos a cuatro meses el plazo para que, en caso de impago, se les pueda cortar el suministro.
En caso de impago y con carácter adicional a los dos requerimientos fehacientes de pago que se venían exigiendo hasta el momento, las compañías deberán informar al consumidor al producirse el impago y nuevamente 15 días antes de proceder al corte de suministro.
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