DICTÁMEN NO VINCULANTE

La justicia europea considera ilegal la ley catalana de comercio

La abogada general del tribunal de la UE asegura que vulnera la libertad de establecimiento

JOSEP M. BERENGUERAS

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La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Eleanor Sharpston, considera que varias leyes estatales y catalanas de comercio vulneran la libertad de establecimiento fijada en la normativa comunitaria. Fuentes de la Conselleria de Comerç aseguran que el dictamen del TUE es sobre una ley ya derogada, y que los puntos en los que discrepa la abogada ya están corregidos en la nueva norma aprobada a principios de año.

Sharpston, cuyo dictamen no es vinculante pero sí habitualmente considerado por el tribunal, afirma que la legislación estatal de ordenación del comercio minorista (7/1996) y la ley catalana de equipamientos comerciales (18/2005) incluyen disposiciones que "al representar obstáculos reales o, en todo caso, al tener una repercusión negativa en el número de solicitudes presentadas, constituyen restricciones a la libertad de establecimiento".

"Motivos económicos"

La mayoría de estas restricciones, según la abogada del TUE, infringen las normas de la UE porque no tienen como finalidad proteger a los consumidores, sino que responden a "motivos económicos que no pueden constituir una justificación válida de restricciones a las libertades fundamentales".

Respecto de la legislación catalana, Sharpston considera incompatible con la legislación europea la prohibición de implantar grandes establecimientos comerciales fuera de la trama urbana consolidada de un número limitado de municipios, además de criticar la composición de la Comisión de Equipamientos Comerciales por dar demasiado peso a los intereses del comercio anteriormente existente. "Las cuatro principales críticas del dictamen ya no figuran en la actual ley de comercio, por lo que estamos tranquilos", han asegurado fuentes de Comerç.

El TUE debe ahora deliberar para dictar una sentencia definitiva.