DECISIÓN JUDICIAL
Multa de 7.200€ al promotor de la pitada al himno en la Copa del Rey
La Audiencia Nacional condena al presidente de Catalunya Acció por la acción en la final del 2015
La pitada al himno de España que los aficionados del Barça y del Athletic de Bilbao realizaron durante la final de la Copa del Rey disputada el 30 de mayo del 2015, ya tiene sentencia judicial. La Audiencia Nacional ha decidido condenar al promotor de dicha pitada, el presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, con una multa de 7.200 euros.
La silbada fue multitudinaria. Casi todo el estadio se giró y le dedicó un sonado abucheo al Rey para luego pitar al himno español. Esto, según el magistrado, fue resultado "de un plan preconcebido y planificado" por el presidente de Catalunya Acció, que, según la Audiencia Nacional, ejecutó el plan de forma "deliberada y firme" con el "propósito de ofender y menospreciar al jefe del Estado español y al himno nacional".
Por eso, ahora, dos años después, el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, ha condenado a Espot y le ha declarado autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España, considerando así que el presidente de Catalunya Acció no estaba amparado por el derecho a la libertad de expresión.
La petición fiscal
La fiscalía pedía para Espot una multa de 14.400 euros como autor de los delitos de injurias al Rey y de ultraje a España. El ministerio público señaló, al hacer esa petición, que el plan fue deliberado y publicado el 28 de mayo del 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció junto a un manifiesto titulado 'Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón'. El fiscal consideró que la acción se concibió contra el Monarca y el himno por cuanto ambos "representan como símbolos para los sentimientos colectivos identificados con la nación española".
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