DECISIÓN JUDICIAL

La Audiencia no ve delito en la pitada al himno en la final de la Copa y archiva el caso

El juez Andreu valida el argumento de que la libertad de expresión es uno de "los fundamentos esenciales de una sociedad democrática"

MARGARITA BATALLAS / MADRID

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La Audiencia Nacional no ve delito en la pitada al himno que se produjo en el Camp Nou el pasado 30 de mayo durante la final de la Copa del Rey entre el Barça y el Athletic Club de Bilbao y ordena el archivo de la causa. El juez Fernando Andreu considera que los hechos denunciados por el Colectivo Manos Limpias "no son constitutivos de infracción penal", pese a que la Fiscalía había considerado que la pitada podía suponer un delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España.

El magistrado toma esta decisión al apoyarse en las resoluciones dictadas en el 2009 por el juzgado número uno de esta sede judicial que dirige Santiago Pedraz y por la sala de la penal que archivaron otra querella presentada también por los pitidos en la final de la Copa del Rey disputada en Mestalla (Valencia) entre los mismos equipos.

El juez recoge en su resolución los argumentos esgrimidos por la fiscalía y por el tribunal y los hace suyos por ser los hechos similares. La pitada al himno nacional fue convocada en Mestalla y en el Camp Nou por asociaciones independentistas que apoyaron un manifiesto en el que se decía: "Se nos vuelve a presentar una situación inmejorable para manifestar que queremos dejar de ser súbditos del Reino de España".

LOS ARGUMENTOS

El fiscal, en el escrito presentado en el 2009, afirmó que estos hechos no eran delictivos porque estaban amparados en la libertad de expresión que "es uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática". Además, señalaba que no se podía "desmotivar a los miembros del público por miedo a sanciones penales a expresar sus opiniones sobre cuestiones de interés público". No obstante, subrayaba que el ejercicio de este derecho no se podía usar para "difamar".

El ministerio público tambien sostenía en ese informe que se podría discrepar sobre cómo acontecieron los hechos, "pero esta forma de expresar una determinada crítica no puede considerarse delictiva aunque la misma se dirija al Jefe del Estado y al himno". La sala de lo penal le dio la razón tras asegurar que "los incidentes no son un ejemplo de educación o civismo", pero negó que "este comportamiento por que más que fuera desagradable para los Reyes" fuera injurioso "para el Jefe del Estado" o constitutivo de un delito de ultrajes a la bandera.

El juez Andreu se limita a recoger estos argumentos en su auto de archivo contra el que cabe recurso ante la sala penal después de que la fiscalía dijera todo lo contrario de lo que defendió en el 2009 y ahora sí tildara esta pitada como un delito.