'CASO BENÍTEZ'
La Audiencia avala que un jurado juzgue a los mossos del Raval por homicidio
La sala considera que hay "indicios sólidos" de que la muerte fue producida por "el actuar desproporcionado" de los agentes
La Audiencia de Barcelona avala que un jurado popular juzgue la muerte del empresario Juan Andrés Benítez tras su reducción policial en el barrio barcelonés del Raval, al entender que hay indicios de un "actuar desproporcionado y excesivo" de los Mossos d'Esquadra y de un posible homicidio doloso.
En un auto, la sección tercera de la Audiencia desestima así los recursos de apelación presentados por la defensa de varios de los mossos d'esquadra que permanecen imputados por la muerte de Juan Andrés Benítez, el empresario del Gaixample que falleció el 6 de octubre del año pasado tras ser reducido por la policía.
La defensa de los mossos impugnó la decisión de la juez instructora de tramitar la causa por el procedimiento del jurado, de forma que en caso de prosperar los agentes fueran juzgados por un tribunal popular, al descartar que la actuación de los policías fuera dolosa (no imprudente).
La sala, sin embargo, considera que existen "indicios sólidos" de que la muerte de Benítez fue violenta y producida por "el actuar desproporcionado y excesivo de los agentes de mossos d'esquadra que intervinieron en la detención".
Además, el tribunal añade que "no es descabellado predicar la existencia de, al menos, dolo eventual en la conducta" de los mossos d'esquadra imputados, por lo que los hechos podrían ser calificados de homicidio y entrar en la jurisdicción del tribunal popular.
A diferencia del homicidio con dolo directo, en que el sujeto busca la muerte de forma intencionada, el homicidio con dolo eventual concurre cuando el autor ve probable el fallecimiento pero, aun así, persiste en su acción lesiva.
La Audiencia admite que la calificación sobre dolo directo y eventual "es un tema que está por decidir a la vista de que existen diligencias por practicar", pero subraya que en el caso Benítez se trata de "una muerte violenta, con un resultado lesivo, que se describe por el forense y con la práctica de autopsia que al parecer incide en la existencia de algún factor coadyuvante (...)".
"(...) pero ello no descarta que los agentes se excedieran en la contención del detenido con un uso desproporcionado de la fuerza y que dicha acción deba ser enjuiciada por el tribunal del jurado", mantiene la sala.
La Audiencia de Barcelona respalda la decisión de la jueza instructora, "no precipitada sino plenamente meditada conforme a la extensa investigación llevada a cabo", e insiste en que "la calificación parte de un actuar que incidiariamente podría calificarse de doloso por los agentes, al menos dolo eventual".
La sala avala también que se tramite por jurado la causa contra los dos mossos d'esquadra que están acusados de coacciones y obstrucción a la justicia por requerir presuntamente a los vecinos si tenían imágenes de la reducción y por limpiar con agua las manchas de sangre que Benítez dejó en el suelo, pese a que esos delitos no entran en las competencias del tribunal popular.
En opinión del tribunal, se trata de "actos posteriores a la muerte del detenido" con los que los agentes buscaban precisamente "procurar la impunidad de la infracción penal principal, esto es proteger a sus compañeros".
Por lo tanto, razona la sala, son infracciones que "parten necesariamente del delito principal y por tanto van indisolublemente unidas" a la muerte violenta de Benítez, sin que tenga sentido enjuiciarlos por separado.
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