Normativa de transporte
Competència suspende al Gobierno por mantener la proporción 1/30 entre taxis y VTC que Europa repudió
¿Qué escenarios abre la sentencia europea sobre las VTC en Barcelona?
El Ejecutivo declara el taxi como servicio de interés público y habilita a las comunidades autónomas para limitar las VTC
Carlos Márquez Daniel
Periodista
Periodista especializado en Barcelona. En 'El Periódico' desde principios de siglo. Los últimos 15 años, dedicados a la información local: movilidad, urbanismo, infraestructuras, política municipal, barrios, área metropolitana y medio ambiente. Colaborador habitual en los programas de televisión 'Planta Baixa' (TV3) y 'Bàsics' (Betevé).
Carlos Márquez Daniel
Nueva resolución de la Autoritat Catalana de la Competència (Acco) contra una normativa referente a las licencias de alquiler de vehículos con conductor, las denominadas VTC. En este caso, con una novedad de los últimos tiempos, pues el receptor de las críticas no es una administración pública catalana, sino el Gobierno de Pedro Sánchez. El Ejecutivo aprobó a finales de junio un decreto que daba respuesta a una sentencia europea que tumbaba la limitación de una VTC por cada 30 taxis. Pero ese texto, según el regulador, "no se adecua ni está alineado" con la resolución dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Un poco de resumen antes de entrar en materia. La sentencia europea, hecha pública el 8 de junio, advirtió de que limitar las VTC va contra la legislación comunitaria, una puerta cerrada que luego dejaba abiertas muchas ventanas, pues sí permitía regular este tipo de licencias si la decisión respondía a "criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad". Europa también avalaba la doble acreditación, es decir, la que otorga el Estado y la que también gestionan los gobiernos autonómicos o incluso metropolitanos, como es el caso de Barcelona. A finales de junio, el Gobierno, apoyado y alentado por los taxistas, aprobó un decreto que declara el taxi como servicio de interés público y habilita a las comunidades autónomas y a los entes supramunicipales para limitar las VTC.
La doble credencial
A todo esto hay que añadir el fin de la moratoria del decreto Ábalos (normativa que la Acco también vilipendió cuando se aprobó en 2018), que daba cuatro años de manga ancha a las VTC para que pudieran realizar trayectos urbanos (los más golosos y la competencia más directa para el taxi). Terminado ese plazo, ya solo pueden realizar viajes entre distintos municipios, a no ser que una autoridad competente (el Área Metropolitana de Barcelona, por ejemplo) administre y acote esta actividad. Con el fallo de Europa, cae el 1/30, que en la práctica no se aplica, como mínimo, desde hace 15 años, pero se garantiza la doble licencia estatal y local y además se acreditan futuras restricciones siempre que se expliquen por razones de "buena gestión del tráfico y protección del medio ambiente o el espacio público".
Si han llegado hasta aquí y han entendido lo expuesto, seguro que descifrarán fácilmente el sentido último del informe de Competència. Si no, la directora general de la entidad, Susanna Grau, echa una mano en este arduo camino. En conversación con este diario, explica que la sentencia europea fue muy clara "hasta el parágrafo 99, donde habla de posibles restricciones". "Estas limitaciones -prosigue-, sean de tráfico, de contaminación o de espacio público, se pueden introducir, pero deben aplicar a todos los operadores que generen este tipo de externalidades". Es decir, que de realizar amputaciones, también el taxi debería achicarse y no solo las VTC. "¿Por qué unos sí y los otros no?, se pregunta Grau.
Esperando al TSJC
La Acco no entiende que el decreto ley de junio, que el Congreso todavía debe validar, no incluya la modificación del artículo 48.3 de la ley de ordenación del transporte terrestre (LOTT), que pone negro sobre blanco la limitación de una VTC por cada 30 taxis. Es decir, se mantiene lo que la resolución europea ha tumbado, un fallo, sin embargo, que no es definitivo, pues ahora es el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (que elevó la consulta al TJUE) quien debe sentar cátedra en primera instancia, a respuesta de una demanda presentada por una empresa de VTC del AMB.
Tito Álvarez, líder de Élite Taxi, explica que cuando en junio negociaron el decreto con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la primera "línea roja" que pusieron fue la de "no tumbar el 1/30". "Europa hizo su resolución, pero no es el Gobierno quien tiene que interpretarla y asumirla, sino el Tribunal Supremo. Pactamos que solo se se tocaría la LOTT en el caso de que el Supremo, en última instancia, lo dictamine".
"Interés público"
Y sobre el hecho de que se limiten las VTC y no los taxis, es decir, que se haga distinciones a la hora de restringir, Álvarez recuerda que el reciente decreto establece que el taxi es un servicio que tiene "categoría de servicio de interés público", lo que le otorgaría un plus de protección. Eso, sin embargo, en opinión de la responsable de la Acco, y tal como establece la ley, exige de un proceso legal "en el que la justificación de esa decisión se acompañe de la atribución de unas obligaciones, algo que no se ha producido".
Élite considera que la Acco se mueve por otros intereses. Valora así su informe: "En nuestra opinión, esta interpretación cogida con pinzas es el enésimo intento desesperado de cogérsela con papel de fumar para siempre y sin excepciones apoyar la desregulación del sector del taxi y favorecer la entrada de actores que perjudicarían la competencia en el sector, la prestación del servicio, y en definitiva, al consumidor". Competència, en cambio, trata de huir de posicionamientos y de cualquier romanticismo, alegando que el sentido último de su informe es "propiciar un entorno de mercado que posibilite el desarrollo de la actividad, reconociendo derechos y obligaciones equivalentes a los distintos operadores", lo que, a su modo de ver, iría "en beneficio de las personas consumidoras".
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