Digitalización de la justicia
Cómo hacer una demanda online sin abogado ni procurador
La justicia catalana ya permite demandas de reclamación económica online y sin abogado
Desde el pasado noviembre, en Catalunya se puede presentar determinados pleitos civiles sin necesidad de desplazarse a los juzgados
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Desde el pasado mes de noviembre, cualquier ciudadano en Catalunya puede presentar un pleito para reclamar deudas monetarias de hasta 2.000 euros sin necesidad de acudir presencialmente a un juzgado (juicios verbales), un requisito que era imprescindible anteriormente. Además, tampoco existe la obligación en este tipo de pleitos de tener que contratar a un abogado o un procurador para hacer una reclamación, y basta solo con acceder a la sede judicial de la Generalitat para interponer esas denuncias por vía telemática. Lo mismo ocurre con las demandas de reclamaciones económicas cuando se dispone de un documento que lo acredita (juicios monitorios).
La reclamación económica es una petición que se hace a una empresa, un establecimiento mercantil, un profesional, un particular o un organismo determinado para obtener la prestación de un servicio de manera correcta, el retorno de una cantidad monetaria, la rescisión de un contrato, la anulación de una deuda o el pago de una indemnización.
La interposición telemática de la reclamación puede realizarse únicamente en nombre propio o en el de terceras personas, siempre que quien la presente esté facultado o tenga poderes para hacerlo, o bien firme la declaración responsable correspondiente durante la tramitación.
Sin embargo, la reclamación vía internet solo se puede hacer en dos supuestos judiciales civiles: demandas de reclamaciones económicas y siempre que se disponga de un documento que lo acredita, y cuando la cuantía es igual o menor a 2.000 euros.
¿Cómo hacerlo?
El denunciante debe identificarse en el portal electrónico de la Generalitat mediante el DNI electrónico, un certificado digital o el idCat Móbil (solo es necesario introducir el DNI y el número de móvil). En la pestaña de 'Trámites' se encuentra la opción para presentar la demanda de reclamación económica. Las demandas se envían directamente al módulo de entrada y reparto y, de ahí, se entregan a los juzgados que correspondan. Al usuario se le notifican los datos sobre la denuncia, el número de procedimiento y el juzgado en el que se resolverá el pleito.
Por otra parte, en el área privada de la sede judicial electrónica existe la posibilidad de aportar vía online escritos de oposición, enmiendas, recursos y pruebas en los procesos de estas características en los que la persona conste como parte y siempre que no sea necesario un abogado o procurador. Esta funcionalidad permite presentar escritos en procedimientos donde constamos como intervinientes en el proceso judicial.
Finalmente, en caso de no tener idCat Móbil, se puede conseguir a través de esta página web. Posteriormente, se deberá acreditar la identidad del usuario con el número y la fecha de caducidad del DNI o de la TIE -tarjeta de identidad de extranjero.
Otras informaciones
La sede judicial electrónica de la Generalitat está disponible en cuatro lenguas -catalán, castellano, inglés y francés-, y ofrece información de los servicios de la Administración de Justicia en Catalunya y de cómo realizar determinadas gestiones (cómo pedir hora y día para los registros civiles, otorgar un poder, solicitar un certificado de antecedentes penales, hacer una denuncia o requerir un abogado cuando no se puede pagar).
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