Próximo año académico

Ya se puede solicitar la beca para el curso 2022-23

La convocatoria se extenderá desde el día 30 de marzo hasta el 12 de mayo de 2022, ambos incluidos

universitarios pandemia

universitarios pandemia / FERRAN NADEU

El Periódico

El Periódico

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Después de que el martes 22 de febrero el Consejo de Ministros aprobara el nuevo decreto de becas y ayudas al estudio, conocemos los plazos y los requisitos para solicitarla.

Se invertirán 2.134 millones de euros en ayudas para el próximo curso académico 2022-2023 del que se beneficiará casi un millón de estudiantes, un 10% más que en 2020-2021.

Plazos y formulario

La principal novedad de la convocatoria 2022-2023, según ha explicado en rueda de prensa la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, es el adelanto de los plazos de solicitud y comunicación de las becas. Esto permitirá a los estudiantes saber antes del periodo de matriculación si cumplen con los requisitos para recibir estas ayudas y cuál será la cuantía de las mismas.

Los plazos se adelantarán cuatro meses, la solicitud de la beca general se extenderá desde el día 30 de marzo hasta el 12 de mayo de 2022, ambos incluidos.

Este curso el formulario de solicitud es común, tanto para estudios universitarios como no universitarios, y se puede encontrar en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Una vez se accede al enlace, hay dos opciones:

Si el estudiante no está registrado:

Porque no solicitó beca en años anteriores o porque no realizó ningún otro trámite en línea con el Ministerio, debe entrar en 'regístrese' y seguir las instrucciones.

Se solicitan una serie de datos personales (nombre, DNI, teléfono móvil, correo electrónico y contraseña). Es importante asegurarse de que son correctos y accesibles en cualquier momento, ya que serán los datos que se utilizarán para acceder a la Sede más adelante y que utilizará el Ministerio para contactar con el estudiante.

Si el estudiante está registrado:

Porque ha seguido los pasos anteriores o porque solicitó beca en años anteriores por esta vía, puede acceder con su DNI y contraseña.

Requisitos académicos

Máster

  • Se reduce de un 7 a un 5 la nota media que el alumno deberá obtener tanto para cursar el primer como el segundo curso de un Máster no habilitante, al igual que ya sucede con los Masters habilitantes para ejercer determinadas profesiones.

Grados

  • Para obtener beca en el primer curso, la nota media de las pruebas de acceso a la universidad tendrá que ser de mínimo un cinco.

Los requisitos variarán en posteriores cursos según la rama de conocimiento del Grado en el que estudie el solicitante:

  • En enseñanzas técnicas y de Ciencias, el requisito será superar el 65% de los créditos matriculados.
  • En Ciencias de la Salud el alumno tendrá que superar el 80% de los créditos.
  • En Ciencias Sociales y Jurídicas y en Artes y Humanidades bastará con aprobar el 90% de los créditos.

Bachillerato y FP de Grado Superior

  • Se extiende como requisito la obtención de un 5 de media para obtener beca.

Ciclo de FP Medio y FP Básica

Primer curso

  • Para recibir beca valdrá con estar matriculado.

Segundos cursos

Para ser becado el estudiante tendrá que:

  • Superar todas las materias salvo una o superar un número de módulos que suponga el 85% de las horas totales del curso en que hubiera estado matriculado en FP.

Cuantías y umbrales

Los créditos disponibles para las convocatorias del curso escolar 2022-2023 de becas y ayudas al estudio de carácter general se asignarán:

  • En primer lugar a la cobertura de la beca básica, la gratuidad de la matrícula y de las cuantías fijas ligadas a la renta, a la residencia y a la excelencia en el rendimiento académico.
  • El crédito restante se asignará a la cobertura de la cuantía variable que se distribuirá entre los solicitantes en función de la renta familiar y del rendimiento académico de los estudiantes.

Con respecto a las modalidades y cuantías de las becas, se mantienen las del pasado curso. En todas las enseñanzas:

  • La cuantía fija ligada a la renta del solicitante será de 1.700 euros.
  • La cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso de 1.600 euros.
  • La cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico oscilará entre 50 y 125 euros a partir de una nota media de 8.
  • La cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar, tendrá un importe mínimo de 60 euros.

Para las enseñanzas no universitarias:

  • La beca básica será de 300 euros.
  • Se incrementa en 50 euros para los alumnos de Ciclos Formativos de Grado Básico.

En enseñanzas universitarias:

  • Los becados estarán exentos de pagar la matrícula del primer curso de Grado.
  • Sólo tendrían que pagar las tasas relacionadas con los servicios académicos correspondientes a los créditos de los que se hayan matriculado.

Tratamiento específico

Como ya estaba previsto en cursos anteriores, se exime del cumplimiento de ciertos requisitos académicos exigidos con carácter general para la obtención de beca a las solicitantes que hayan resultado víctimas de violencia de género y a sus hijos menores de edad que hayan sido expuestos a dicha violencia de género.

El Real Decreto también mantiene:

  • Los importes máximos de renta familiar vigentes en el pasado curso.
  • Los umbrales de renta familiar.
  • Los umbrales indicativos de patrimonio familiar.