Nuevas restricciones

Toque de queda en Catalunya: ¿Qué se podrá hacer y qué no?

La medida tiene una vigencia de 15 días y debe ser aprobada por el TSJC

Toque de queda

Toque de queda / Ferran Nadeu

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La última vez que oímos hablar del toque de queda fue en julio, cuando todavía no se había vacunado a los jóvenes entre 16 y 29 años y cuando la variante delta empezaba a causar estragos en nuestro territorio. En esta ocasión, ha sido la llegada de la variante ómicron la que ha hecho que el Govern haya anunciado la recuperación de algunas de las medidas de los tiempos más duros de la pandemia, como el límite de 10 personas y la incorporación del toque de queda.

De todos modos, para que estas dos medidas entren en vigor deberán contar con la aprobación del Tribunal Superior de Justícia (TSJC).

A casa por Navidad

Si el TSJC aprueba el toque de queda, todas las personas deberán estar en sus casas entre la una y las seis de la madrugada. Está previsto que las restricciones entren en vigor la noche del jueves al viernes, justo antes de Nochebuena y obligando a cancelar las fiestas previstas para Fin de Año.

En principio la medida tendrá una vigencia de 15 días. Una vez pasado este periodo, será revisada y se podrá alargar si se considera oportuno.  

Toques de queda anteriores

Como ha pasado en los anteriores toques de queda, se prevé que los Mossos d’Esquadra y los policías locales sean los encargados de velar por el cumplimiento de las restricciones.

Asimismo, si el TSJC autoriza las medidas, saltarse el toque de queda e incumplir otras de las restricciones decretadas por el Govern puede ser motivo de sanción. Según el decreto ley 30/2020 del 4 agosto, las multas oscilan entre los 300 euros y los 6.000 euros.

Excepciones

En los anteriores toques de queda se han contemplado excepciones para saltarse el confinamiento nocturno. Por ejemplo, el desplazamiento hacia un centro sanitario y a una farmacia, ir y volver del trabajo, la movilidad de profesionales o voluntarios para realizar servicios esenciales y los viajes para la recogida y cuidado de menores. También se podía salir entre las 4.00 horas y las 6.00 horas para el cuidado de mascotas.