Quién, dónde y cuándo se la puede quitar
Así debes usar la mascarilla a partir de ahora: ¿dónde es obligatoria?
Guía para saber las nuevas normas del tapabocas que evita el contagio de covid
España entra este sábado en el club de los países que han relajado el uso de la mascarilla en exteriores. Sin embargo, aún habrá que llevarla en ciertas ocasiones, como cuando no haya distancia de metro y medio entre no convivientes, en espacios cerrados públicos o abiertos al público y en los transportes.
La reforma del artículo 6 de la ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la pandemia del pasado mes de marzo hace que sea necesario revisar en qué situaciones es obligatorio el tapabocas en cuáles no.
Como norma general, la mascarilla no será obligatoria al aire libre o espacios abiertos siempre y cuando se mantenga una distancia de 1,5 metros (a menos que vayamos con convivientes, con los que no es necesario respetar esa distancia). En cualquier caso, las diferentes casuísticas las tiene que definir aún la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta (dependiente de la Comisión de Salud Pública), según se vayan presentando.
Por ello, habrá que llevar una mascarilla siempre consigo para poder ponérsela en las situaciones de todo tipo que se puedan presentar y en las que sea obligado llevarla.
Aquí puedes consultar una guía sobre el uso de las mascarillas a partir del sábado:
¿DÓNDE LA TENGO QUE SEGUIR USANDO?
- En espacios cerrados públicos -como un cine- o espacios cerrados abiertos al público -supermercado o farmacia-.
- También sigue siendo obligatorio su uso en los medios de transporte público, incluido en andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, al igual que en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de las mismas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- La orden regula además el uso de la mascarillas en los eventos multitudinarios al aire libre, de modo que será obligatoria cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas.
- En los estadios de fútbol cuyo aforo no permita guardar la distancia y en pabellones de baloncesto.
¿DÓNDE ME LA PUEDO QUITAR?
- En exteriores en los que puedas guardar 1,5 metros de distancia de seguridad con personas con las que no convivas. Pero tendrás que ponértela si hay aglomeraciones.
- Si eres residente de un centro de mayores o de personas con discapacidad en el que están completamente vacunados el 80 por ciento de usuarios. Trabajadores y visitas deben usarla todavía.
- También si eres un trabajador esencial en las dependencias en las que desarrollas tu trabajo -por ejemplo, un parque de bomberos- y si el 80 % de tus compañeros está vacunado con la pauta completa.
- Camarotes de buques o embarcaciones; como novedad, también podrás estar sin ella en cubierta si puedes mantener la distancia interpersonal.
- En eventos multitudinarios tipo conciertos en los que el público esté sentado en asientos separados por 1,5 metros.
- Si tienes alguna afección o enfermedad que desaconseja que la lleves.
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