El borrador de la ley trans, en 7 claves

El texto legal permite a una persona cambiarse de sexo en el DNI sin necesidad de hormonación y aval médico

Anuncio de huelga de hambre de activistas trans y madres de menores trans  Delante escaleras del Congreso de los Diputado

Anuncio de huelga de hambre de activistas trans y madres de menores trans Delante escaleras del Congreso de los Diputado / periodico

Patricia Martín

Patricia Martín

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El borrador de anteproyecto de la ley trans recoge una reivindicación histórica del colectivo, que una persona pueda cambiar su nombre y su sexo en el DNI sólo con la manifestación de su deseo, sin necesidad de aval médico y dos años de hormonación, como exige la ley actual. Es lo que los colectivos trans denominan despatologización o autodeterminación de género, que está recogida ya en 12 leyes autonómicas y cumple con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Supremo, según sostienen desde el Ministerio de Igualdad.

Si bien, el PSOE y una parte del feminismo no están de acuerdo en que “los sentimientos o manifestaciones de voluntad de una persona, sobre si se siente hombre o mujer, tengan efectos jurídicos plenos”, por lo que la norma podría sufrir modificaciones. Aún así, las principales claves del borrador legal que Igualdad quiere llevar en la primera quincena de febrero al Consejo de Ministros son:

La libre autodeterminación de género

Es la parte de la norma que genera más polémica y es que desde la reforma del 2007 no se exige que una persona se opere los genitales para cambiar su afiliación en el Registro Civil y el DNI pero sí que se hormone durante dos años y disponga de un informe médico que le diagnostique disforia de género. Pero el borrador legal establece que la certificación registral “en ningún caso podrá estar condicionada a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno” y que solo hace falta la “declaración expresa” de la persona interesa. Tampoco será necesario “la previa modificación de la apariencia por procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios”. 

Los menores, a partir de los 16 años

Según Igualdad, para dar cumplimiento a la jurisprudencia del Constitucional, se elimina el requisito de mayoría de edad para solicitar el cambio registral de sexo, por lo que se podrá solicitar, si la ley sale adelante, a partir de los 16 años. Y las personas entre 12 y 16 años podrán efectuar la solicitud por sí mismas, con el consentimiento de sus progenitores, o a través de sus representantes legales. En caso de desacuerdo entre las partes, el texto legal prevé que el menor pueda efectuar la solicitud a través del fiscal. Igualdad defiende la necesidad del cambio con el argumento de que con la ley actual “se obliga al menor a hormonarse para cambiar de sexo, y en el futuro no tendrán que cumplir este requisito”. 

No modifica las causas jurídicas

Ante los recelos que provoca en una parte del feminismo la posibilidad de que hombres cambien de sexo para aminorar sus penas de violencia de género, el borrador leal establece que el cambio de sexo “no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”. 

Personas no binarias, se omitirá la mención al sexo

Las personas que se consideran no binarias, es decir, ni de sexo masculino ni femenino “por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico podrán solicitar que sus documentos oficiales de identificación omitan la mención relativa al sexo”, señala el borrador del anteproyecto legal. 

Tendrán derecho a las técnicas de reproducción asistida

Las personas trans con capacidad de gestar podrán ser receptoras o usuarias de las técnicas de reproducción asistida. Además, el sistema nacional de salud ofrecerá tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugía en genitales, y otros tratamientos que precisen, pero se prohíbe que se les obligue a que se sometan a tratamiento. 

Las competiciones deportivas, previo paso por el registro

Para que las personas trans puedan participar en las competiciones deportivas de su sexo sentido deberán haber efectuado antes el cambio en el registro, salvo los menores, para “no forzarles a que tengan que pasar por el registro si quieren jugar y darles un margen en el que puedan competir con sus compañeros”, según fuentes del Ministerio de Igualdad. En este ámbito, estarán prohibidas las pruebas de “verificación de sexo”.

Las prisiones, conforme al sexo registral

Por último, el borrador legal prevé que las personas presas tengan derecho a que se les interne conforme a su sexo registral, tal como ya preveía una instrucción de Instituciones Penitenciarias del 2006.  

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