DECISIÓN JUDICIAL

135.000 euros para la familia de un paciente al que no se le detectó un cáncer

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J. G. Albalat

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135.000 euros es la indemnización que ha percibido la familia de un paciente de 64 años que falleció al no habérsele practicado pruebas para determinar que un tumor en el hígado que iba aumentando con el tiempo era cancerígeno. La compañía Zurich ha desembolsado esta cantidad tras haber sido condenada por un juzgado de Barcelona como aseguradora del Servei Català de la Salut y tras el acuerdo con los parientes del fallecido.

La sentencia es contundente y reseña que “todo” el proceso terapéutico y de seguimiento “irregular” que en el hospital Sagrat Cor, contratado por Servei Català de la Salut, se le proporcionó a E. F. T., representado por el abogado José Aznar, “impidió el diagnóstico prematuro” del tumor hepático. De esta manera, argumenta el Juzgado de Primera Instancia número 57, cuando hubo una valoración correcta, años después y en otro centro sanitario, ya se había perdido "la oportunidad” de ofrecer al paciente el “único tratamiento curativo para este tipo de tumor”, que es la extirpación.

Según la jueza, se produjo “una pérdida de oportunidad terapéutica” fruto de la “actuación negligente” del médico que se encargó del tratamiento y seguimiento del enfermo en el Sagrat Cor.  Esto supuso que la posibilidad de supervivencia se redujera y ya no se pudiera hacer nada cuando fue operado.

El nódulo que crecía

 A E. F. T. se le sometió en este hospital a una cistectomía parcial de la vejiga en febrero del 2006 a causa de un carcinoma.  Seis años después, en julio del 2012, tuvo que ser intervenido de nuevo para practicarle una cirugía más radical. Según la sentencia, en abril de ese año ya se le había detectado un nódulo en el hígado, que volvió a aparecer en un TAC en septiembre del 2013. Durante ese periodo, según el perito del demandante, al paciente no se le hizo ningún diagnóstico diferencial mediante un estudio protocolizado, dejando crecer el tumor y “máxime” cuando se podría haber estado “en presencia de una metástasis derivada del cáncer de vejiga”.

El médico que le atendió decidió esperar hasta enero del 2014 para practicar una resonancia magnética, en la que se constató que el bulto continuaba creciendo. El fallo judicial detalla que no se realizó ninguna prueba más para poder determinar si el tumor era maligno y únicamente se remitió al enfermo a otra revisión en julio del 2014, en la que se confirmó otra vez que el nódulo había aumentando más. En ese momento, no se hizo tampoco una biopsia. Al final, E. F. T. fue derivado al Hospital Clínic, donde se le detectó que padecía cáncer. En enero del 2015 fue operado sin éxito, y fue sometido a un tratamiento paliativo hasta que falleció en abril del 2017.

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