NEGATIVA SISTEMÁTICA
Un juez autoriza a confinar a siete vecinos de Mataró por covid-19
Un juez ha autorizado al Ayuntamiento de Mataró (Barcelona) a confinar a una familia de la población que se negó a aislarse en casa tras conocer que uno de los miembros del hogar contrajo coronavirus. La familia expuso al consistorio que no podía permitirse dejar el trabajo, pero, según fuentes municipales, se negó a recibir cualquier ayuda social.
Se trata de una familia de siete miembros, formada por tres adultos, tres menores de edad y un bebé. Una de las hijas se fue de campamentos en agosto. Al regresar, un monitor de este campamento dio positivo de coronavirus, y también se testó a todos los participantes. La niña resultó infectada el 18 de agosto, según informa el consistorio.
Tras conocer estos resultados, el Ayuntamiento de Mataró pidió a la familia que se confinara en casa 14 días. "Nos dijeron que no podían permitirse el lujo de encerrarse porque necesitan ir a trabajar", cuentan fuentes municipales. A partir de ahí, el ayuntamiento dice que les ofreció lotes de alimentos y productos higiénicos, y activó servicios de mediación intercultural, comunitaria y policial. No tan solo rechazaron esta ayuda, sino que se negaron a facilitar su identidad, dice el municipio. Finalmente, pues, el pasado lunes registraron la orden judicial cuyo resultado se conoció ayer.
En el auto, el juzgado de lo contencioso número 14 de Barcelona ratifica el paquete de medidas aprobadas por el Ayuntamiento de Mataró el pasado lunes, que incluyen el aislamiento de la familia y su sometimiento obligatorio a pruebas de detección del coronavirus para averiguar si también el resto de miembros están infectados. El aislamiento que ha avalado el juez, en un auto que puede ser recurrido, se prolongará durante al menos 14 días o el tiempo que las autoridades sanitarias estimen necesario para que dejen de suponer un riesgo para la salud pública.
Admite la injerencia en derechos fundamentales
El juzgado ha confirmado las medidas adoptadas por el consistorio, aunque considera que estas se han planteado en unos términos "excesivamente amplios", puesto que son "inconcretos" tanto el lugar donde se llevará a cabo el confinamiento como su duración, que "se hacen depender de decisiones ulteriores de las autoridades sanitarias".
Por ese motivo, obliga al ayuntamiento y a las autoridades sanitarias a informar al juzgado de "cualquier decisión o informe que afecte a los condiciones de aislamiento y cuarentena" de los afectados, a su duración o al lugar donde se lleve a cabo.
En su auto, el juez razona que los ayuntamientos tienen competencias para adoptar medidas de restricción de derechos por motivos de salud pública y, aunque admite que suponen "una injerencia en derechos fundamentales", las considera "razonables" teniendo en cuenta la situación pandémica actual.
Cambio de criterio judicial
Durante el mes de julio, el Ayuntamiento de Mataró quiso aislar también a una familia que se negaba a confinarse. Sin embargo, en aquel caso el juez no autorizó el confinamiento porque consideraba que las autoridades locales no podían restringir derechos fundamentales. Fue entonces cuando la Generalitat habilitó a los ayuntamientos a ser también autoridad sanitaria, a través de un decreto.
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