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El Gobierno dará protección a las víctimas de la explotación sexual y la trata
El Consejo de Ministros de este martes, 31 de marzo, aprobará un real decreto que incluye medidas para garantizar la protección y asistencia a las víctimas de la violencia machista. Así, declarará como esenciales los servicios de atención a víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, según han informado fuentes del Gobierno.
Las medidas, que han sido impulsadas desde el Ministerio de Igualdad, se adoptan en el contexto de la crisis sanitaria ocasionada por el nuevo coronavirus covid-19 y "tienen un especial impacto en determinados colectivos de personas especialmente vulnerables que deben ser objeto de protección por parte del Gobierno".
Las medidas
Entre las medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, se establecen como esenciales los servicios de atención a victimas de violencia contra la mujeres. También se declaran como tal los centros de emergencia, acogida, pisos tutelados y alojamientos seguros para víctimas de violencia de género, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual. Todos estos centros serán equipados con equipos de protección individual (EPI) para los trabajadores y trabajadoras de los mismos.
Asimismo, se incluye la garantía de una "alternativa habitacional segura" para las víctimas de toda violencia machista, concretamente a través de alojamiento en hoteles en el caso de que los servicios de acogida no tengan disponibilidad de plazas, según han informado estas fuentes gubernamentales.
Por otro lado, con el decreto también se garantizará el normal funcionamiento y prestación del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género (conocido como Cometa).
De igual modo, se aprobarán medidas relativas al personal que presta servicios de asistencia social integral a víctimas de violencia contra las mujeres de manera presencial. Así, las personas trabajadoras que tengan contacto directo con las víctimas y quienes prestan sus servicios en centros de emergencia o acogida deben seguir las medidas de protección recomendadas por el Ministerio de Sanidad, según el nivel de riesgo al que están expuestos. Al respecto, estableces que "siempre que las disponibilidades así lo permitan", las Administraciones Públicas competentes así como las empresas proveedoras de servicios "deberán dotar a las personas trabajadoras de los centros de los equipos de protección individual.
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