ORDEN DE INTERIOR

Multas de 100 a 600.000 euros para quienes incumplan el estado de alarma

Luis Rendueles

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden con la que se establecen los criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación al Real Decreto por el que este viernes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaró la situación de estado de Alarma. En ella se recogen además las sanciones que podrán recibir los ciudadanos que no cumplan las medidas aprobadas por el Gobierno.

"El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes", recoge la Orden.  Fuentes del Gobierno confirmaron a EL PERIÓDICO que la normativa que se aplicará será la prevista en el Código Penal para el delito de resistencia contra la autoridad. El texto de la Orden menciona expresamente los artículos 550 a 556 del Código Penal, donde se castigan los delitos de resistencia grave o muy grave a la autoridad (con agresiones físicas) con penas de hasta cuatro años de prisión. Se trataría solo de casos muy extremos.

La Orden del ministerio del Interior señala que aplicará también el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida en algunos círculos como "ley mordaza". Ese artículo califica como "infracción grave, la desobediencia o la resistencia a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones... así como la negativa a identificarse  a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación".

Así, los miles de agentes que van a ser desplegados por las calles vigilarán que se cumplan las medidas aprobadas en el Real Decreto. Y estarán capacitados por la ley 4/1981 para identificar a las personas que las incumplieran y proponer sus sanciones.  Los ciudadanos que no hagan caso a sus indicaciones podrían ser acusados de un delito de desobediencia o uno de resistencia a la autoridad, según cada caso. Esas normas contemplan multas que van desde los 100 euros (casos leves) a los 600.000 euros si se trata de casos muy graves.

En principio, la instrucción es que las infracciones se clasifiquen mayoritariamente como infracciones graves, es decir, las castigadas con multas de 601 euros a 30.000 euros según la ley. Esa sería la multa para quien, por ejemplo, se negara a ser identificado por los agentes o diera datos falsos, explican fuentes de Interior.

Las sanciones leves (entre cien y seiscientos euros) serían, explican fuentes policiales, para quienes cometieran faltas de respeto o quitaran precintos de lugares acordonados. Las más graves, con carácter excepcional, se pueden aplicar solo a personas o grupos que intenten ocupar infraestructuras críticas c omo aeropuertos o bien organicen actividades y reuniones privadas, como conciertos o fiestas piratas en discotecas. En estos casos, las multas irán de 30.001 euros a 600.000 euros.

En otro orden de cosas, la Orden recoge también que las fuerzas de seguridad podrán proteger centros sanitarios, de elaboración, almacenación y distribución de productos farmacéuticos.  También se autoriza a las policías de todo el Estado a crear "corredores seguros" para facilitar el transporte de alimentos mediante escolta y otras medidas. La medida incluye "permitir la entrada y salida de personas, materias primas y productos elaborados con destino o procedentes de establecimientos en los que se produzcan alimentos, incluidas las granjas, fábricas de piensos para alimentación animal y los mataderos".