Condena al Catsalut por la muerte de un paciente al que se dio el alta

El juez ordena pagar 20.985 euros porque no se hicieron las pruebas necesarias

Imagen de archivo del centro hospitalario Parc Taulí, en Sabadell.

Imagen de archivo del centro hospitalario Parc Taulí, en Sabadell. / periodico

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El seguro del Servei Català de Salut (CatSalut) ha sido condenado a pagar 20.898 euros por el daño moral causado a una familia por el fallecimiento de un hombre de 83 años que sufrió una caída y al que se le dio el alta sin hacerle las pruebas que hubiesen determinado que tenía una hemorragia cerebral.

La Asociación del Defensor del Paciente en Catalunya ha tramitado la sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 39 de Barcelona, que ha determinado que se produjo una "deficiente asistencia sanitaria" porque las pruebas médicas iniciales podrían haber evitado la muerte del paciente, aunque ha rebajado la indemnización que pedía la familia de 155.636 euros a un total de 20.898 euros.

El incidente ocurrió en diciembre de 2012 cuando la víctima de 83 años ingresó en el Hospital Parc Taulí de Sabadell (Barcelona) a causa de fuerte golpe en la cabeza

Tras realizarle una radiografía simple y una "deficiente exploración neurológica" se procedió a darle el alta.

La Asociación del Defensor del Paciente en Catalunya ha defendido que al paciente se le debería haber realizado un TAC o haberlo dejado en observación teniendo en cuenta su edad y su estado de salud, ya que padecía Parkison y tomaba una medicación anticoagulante.

A las tres horas de salir del hospital, la víctima volvió a ser ingresada y tras hacerle un TAC se determinó que tenía una hemorragia que no podía ser operada y, a consecuencia de ésta, falleció al día siguiente.

En este caso, el CatSalut ha argumentado que, aunque se hubiesen hecho las pruebas en el primero ingreso, la hemorragia hubiese sido igualmente inoperable por el lugar en el que se encontraba.

El juez ha considerado que los médicos que le atendieron en el primer ingreso podrían haber realizado otros tratamientos que hubiesen podido ayudar al paciente, aunque tampoco se ha podido demostrar hasta qué punto hubiese cambiado el desenlace.

Por ese motivo, se ha establecido la indemnización en 20.898 euros, mientras que la familia solicitaba 155.636 euros, hecho que ha sido criticado por el Defensor del Paciente en Catalunya que ha calificado el baremo aplicado de "injusto".