Los padres tienen obligaciones legales indelegables e insoslayables
Los abogados remarcan que en España no está regulada la figura de la comuna como sistema de vida
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Ferran Cosculluela
Periodista
J. G. ALBALAT / FERRAN COSCULLUELA / BARCELONA
Los juristas subrayan que la responsabilidad legal respecto a los hijos es de los progenitores y no puede delegarse en nadie. Incluso, si hay una dejación de determinadas funciones, como la falta de escolarización o la debida asistencia sanitaria, podría actuar la Administración y retirar la patria potestad a los padres. El modelo de la comuna no está regulado en la legislación española, recuerdan los letrados consultados por EL PERIÓDICO.
La abogada María José Varela apunta que “criar a un hijo en un modelo educativo o en otro es una opción libre” que cada uno debe decidir por sí mismo. Respecto a la propuesta formulada por la diputada de la CUP Anna Gabriel, Varela apunta: “Me imagino que ella tendrá en cuenta qué es lo mejor para el menor, porque lo que prevalece es el derecho del hijo, no las apetencias de la madre”. La letrada advierte: “Si ella mantiene el derecho exclusivo y la potestad no cambia nada, pero si piensa conferir esos derechos a un colectivo, entonces sí”.
Si eso ocurriera, según la letrada, “pasaríamos de un sistema en que los niños tienen una o dos personas como titulares de los deberes y derechos que supone la potestad a tener todo un colectivo". Varela se pregunta: “¿Quién es el titular de la potestad en ese caso? ¿Continúa teniéndola la madre solo o lo educa en grupo? ¿Todas las decisiones que se adopten sobre el menor serán asamblearias?”. En opinión de esta jurista “eso debería regularse".
DERECHOS PARENTALES
La abogada de familia Carme Adell afirma que la potestad recae siempre sobre los progenitores y no se puede “delegar en nadie". “Son los padres quienes tienen la obligación de alimentar a sus hijos, darles un techo donde vivir y procurarles el bienestar, la educación y la sanidad”, afirma. “Si los padres no ejercitan esas funciones podría intervenir la Administración y retirarles la potestad”, recalca.
En su opinión, la delegación de la responsabilidad de un hijo en un colectivo “no es viable en la coyuntura actual”. La letrada sostiene que en el caso de que los progenitores dejen la comuna donde viven, el grupo no tiene derecho a reclamar nada. “El niño siempre va con los padres biológicos”, asegura.
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