Protección de Datos multa con 50.000 euros al macroprostíbulo de La Jonquera
El Paradise tenía cámaras de videovigilancia en el vestuario de las chicas, una "infracción grave", según la agencia
LaAgencia Española de Protección de Datos ha multado con 50.000 euros almacroprostíbulo de La Jonquera por tener doscámaras de videovigilanciaen elvestuario de las chicas. Durante una inspección en el Paradise, losMossos d'Esquadra vieron que los dispositivos grababan hasta a 15 prostitutas desvistiéndose y cambiándose de ropa.
La resolución de la agencia concluye que las imágenes constituyen una "infracción grave" de laley de protección de datosy son "especialmente agresivas" contra la dignidad de las chicas. Aparte de esta sanción, la agencia ha impuesto una segunda multa al Paradise --en este caso, de 1.100 euros-- porque no tenía ningún fichero de videovigilancia inscrito en el Registro de Protección de Datos.
La inspección policial en el Paradise que ha derivado en una multa contra su gestora (la empresa La Vimetera S.L.) tuvo lugar el 29 de mayo del 2012. Los agentes comprobaron el sistema de seguridad del local. En total, el prostíbulo tenía 16 cámaras de videovigilancia, que enviaban todo aquello que grababan hasta un monitor situado en el despacho del director. Las imágenes que captaban los aparatos se grababan y se guardaban durante 10 días.
Enfoque directo
Los Mossos vieron como dos de los dispositivos enfocaban directamente "una habitación con taquillas situada en la entrada del local", según recoge la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD). En aquel momento, las cámaras estaban grabando a 15 prostitutas, que se estaban "desvistiendo" y cambiándose de ropa.
Los Mossos d'Esquadra levantaron acta y el Departamento de Interior presentó, el julio del año pasado, una denuncia a la AGPD ante la sospecha de que las cámaras incumplieran la ley. Ahora, la agencia estatal ha cerrado el asunto y ha emitido una resolución donde concluye que las grabaciones son una "infracción grave" del artículo 4.1 de la Ley de Protección de Datos.
Invasión de la intimidad
El escrito resalta que cualquier cámara de videovigilancia que enfoque a un vestuario es una "intromisión a la intimidad". A pesar de que el AGPD se hace eco de que el macroprostíbulo es un "local de pública concurrencia", la resolución deja muy claro que se estaban grabando personas "mientras hacían actividades de naturaleza privada y íntima".
La agencia subraya que las imágenes captadas en los vestuarios, aparte de visionarse en tiempo real en el monitor, también se almacenaban durante 10 días. "Estas circunstancias suponen un tratamiento de datos de carácter personal particularmente invasivo e intrusivo para la intimidad de las personas afectadas, y es especialmente agresivo con su dignidad", recoge la resolución.
El AGPD concluye que las grabaciones al vestuario de las prostitutas en ningún caso tenían que ver con cuestiones de seguridad y vigilancia del burdel, y por eso las considera una infracción grave. La sanción por estos incumplimientos de la ley se extiende entre los 40.000 y los 300.000 euros. En el caso del Paradise, la agencia estatal le impone una multa de 50.000 euros.
Además de esta multa, la resolución de la AGPD impone una segunda sanción --en este caso, de 1.100 euros-- a La Vimetera S.L. El motivo es que, en el momento de la inspección policial, el '*Paradise' no tenía ningún fichero de videovigilancia inscrito en el Registro General de Protección de Datos. En este caso, se trata de una "infracción leve" de la ley, según resuelve la *AGPD.
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