POR VICIO EN LA FORMA

La Audiencia Nacional anula la norma que regula el canon digital

El tribunal declara nula la orden ministerial del 2008 por defectos administrativos

EL PERIÓDICO / Madrid

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde el 2008 los soportes digitales sujetos al pago de esta tasa por copia privada y las cuantías en cada uno de ellos. La existencia del canon, sin embargo, está reconocida en otros textos legales, entre ellos la Ley de Propiedad Intelectual.

En su resolución, la sala de lo Contencioso-Administrativo justifica su decisión porque la orden ministerial no se acompañó de las correspondientes memorias justificativa y económica, ni se consultó al Consejo de Estado. Por tanto, establece que presenta lo que en lenguaje jurídico se llama "vicio a radice", es decir, defecto desde el principio.

La sentencia, a partir de una demanda del 2008 de la Asociación de Internautas, considera que "no resulta pertinente" considerar que la norma es inconstitucional, como pedían los demandantes, entre otros argumentos, porque considera que "no está suficientemente desarrollada" en el escrito de demanda.

También rechaza pronunciarse sobre la petición de que se devolviera el dinero pagado en concepto de canon, porque la Audiencia Nacional entiende que no tiene jurisdicción sobre este asunto.

El texto no se refiere en ningún momento a la resolución del Tribunal de la Unión Europea, en respuesta al caso Padawán, que consideraba ilegal la norma española sobre el canon por entender que no discriminaba a empresas y particulares.

Compensar a los autores

El canon digital pretende compensar a los autores por los ingresos de dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra, y por eso grava los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación.

La demanda de la Asociación de Internautas argumentaba que la orden vulneraba la Constitución y la Ley de Propiedad Intelectual, y sostenía que el canon daña principios como el de igualdad ante la ley, la libertad de empresa, el libre acceso a la cultura y la ciencia o la defensa de los intereses de las organizaciones profesionales.

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó el pasado octubre que el sistema aplicado en España "no era conforme" al derecho de la UE en el supuesto de que los soportes de reproducción sean adquiridos por empresas o profesionales para fines distintos a la copia privada, aunque reconocía su legalidad en el caso de los particulares con independencia del uso que den a estos artículos.

Gobierno estudia cómo reformar el canon

La Audiencia de Barcelona fue la primera en aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y, el pasado 3 de marzo, dictaminó que la tienda de informática Padawan estaba exenta de reclamar el gravamen que le exigía la SGAE por la venta de soportes digitales. Para adaptarse al derecho comunitario, el Gobierno está estudiando una reforma de la regulación del canon digital con el objetivo de tener lista esta revisión en el plazo de tres meses.

De hecho, desde mediados de enero, dos grupos de trabajo, uno centrado en derechos reprográficos y otro en derechos audiovisuales y fonográficos, buscan posibles soluciones para adecuar el canon digital a la normativa comunitaria.