Por el 1-O
Jové recurre la negativa del TSJC a reprogramar algunas sesiones de su juicio en Barcelona
El TSJC rechaza reprogramar el juicio a Jové a pesar de coincidir con plenos en el Parlament
EFE
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El presidente de ERC en el Parlament, Josep Maria Jové, ha presentado un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ante la negativa del tribunal a reprogramar algunas sesiones de su juicio para que pueda asistir a los plenos de la cámara. En el recurso, la defensa del diputado considera que la decisión del TSJC es "desproporcionada y lesiva" para sus derechos de representación política y supone "una clara vulneración, absolutamente desproporcionada e injustificada", ha informado ERC este miércoles en un comunicado. El TSJC fijó para el próximo 10 de abril el juicio contra los exaltos cargos de ERC Josep María Jové y Lluís Salvadó por la organización del 1-O, un juicio que se desarrollará en 21 sesiones y se prolongará hasta el 29 de mayo.
En el escrito, Jové considera que debería primar "el respeto a los derechos políticos y parlamentarios de cualquier cargo electo por encima de los mínimos cambios solicitados por la defensa". Por ello, Jové apunta que "reordenar mínimamente las fechas del juicio" para poder asistir a los plenos del Parlament "no solo es viable, sino que también es materialmente posible y plenamente eficaz", y agrega que la petición "no afecta ni a la mitad de las sesiones".
La Fiscalía pide siete años de cárcel para Jové y seis y tres meses para Lluís Salvadó, actual presidente del Puerto de Barcelona, por el 1-O, al aplicarles la modalidad agravada de malversación, además de prevaricación y desobediencia. Jové, quien fue secretario de Vicepresidencia con Oriol Junqueras, se expone también a una pena de 32 años de inhabilitación y 30.000 euros de multa, mientras que Salvadó, exsecretario de Hacienda, afronta 27 años y tres meses de inhabilitación y multa de 24.000 euros.
El diputado de ERC también alerta de que delegar su voto en los días de pleno que coincidan con el juicio "podría no ser ni tan solo una vía admisible en la cámara catalana" debido al "carácter limitado y restrictivo del artículo 95 del reglamento".
Delegación del voto
En cambio, el TSJC, con su presidente Jesús María Barrientos a la cabeza, no aprecia motivos suficientes para reprogramar las sesiones y propone que la Cámara catalana permita la delegación de voto del parlamentario, entendiendo que el reglamento lo consiente. Un argumento que también expuso la Fiscalía en su valoración de la petición de Jové, que recordó varios ejemplos de diputados a los que se les ha permitido la delegación de voto, sin cumplir estrictamente con las condiciones de enfermedad o "incapacidad prolongada" previstos de forma oficial. Una situación en la que se encuentra actualmente el diputado Lluís Puig. Jové, en cambio, consideraba en su escrito que su caso no entraba en los supuestos permitidos.
El Ministerio Fiscal también puso sobre la mesa que el reglamento del Parlament contempla la suspensión de los diputados acusados por delitos vinculados a la corrupción, y consideró que si se hubiera aplicado este precepto a Jové, podría haberse dedicado a su defensa sin interferir en la actividad de la Cámara.
Se trata del artículo 25.4 de la normativa parlamentaria, el mismo que se aplicó contra la entonces presidenta de la institución Laura Borràs, que lo consideró un ataque a su presunción de inocencia. En el caso de Jové y de Salvadó -que en el momento de la apertura de juicio oral era diputado- la Mesa rechazó su aplicación con los votos de ERC, Junts y la CUP y la abstención del PSC, al considerar que no eran casos equiparables.
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