En un escrito

La mano derecha de Puigdemont pide anular la investigación de Tsunami Democràtic por haberse hecho de forma ilegal

El juez García-Castellón vuelve a rechazar la recusación de Oleguer Serra

El Supremo pide informe al fiscal sobre si asume la investigación e imputa a Puigdemont

García-Castellón eleva al Supremo la causa de Tsunami Democràtic para imputar a Puigdemont

Carles Puigdemont, al desembre, durant la seva intervenció al Parlament Europeu.    | RONALD WITTEK / EFE / EPA

Carles Puigdemont, al desembre, durant la seva intervenció al Parlament Europeu. | RONALD WITTEK / EFE / EPA / ÁNGELES VÁZQUEZ

Ángeles Vázquez

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La defensa de Josep Lluís Alay, jefe de la oficina en Bruselas del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, argumenta en un escrito presentado en el Juzgado Central de Instrucción número 6 que la causa abierta para investigar las protestas convocadas por la plataforma Tsunami Democràtic se está instruyendo de forma ilegal desde julio de 2021, porque no se procedió entonces a prorrogar la instrucción, como afirma que es preceptivo. Con esa premisa solicita que se declare la nulidad de todo lo investigado desde entonces.

En su escrito de 16 páginas, el abogado Gonzalo Boye argumenta que la instrucción de Tsunami Democràtic nunca se prorrogó con anterioridad a que venciera el primer plazo de instrucción el 29 de julio de 2021, así que todo lo instruido con posterioridad lo ha sido de forma ilegal. Lo afirma así en su respuesta a la consulta del juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón sobre la necesidad o no de prorrogar la instrucción de nuevo ahora, puesto que, según el cómputo realizado por el juzgado, el plazo vence de nuevo el próximo día 29.

La defensa de Alay se opone a una nueva prórroga de la instrucción, pero además reclama que se dicte "un auto declarando la nulidad de todo lo actuado a partir del 29 de julio de 2021 y, también, el sobreseimiento de las presentes actuaciones por haberse agotado el plazo de instrucción del 29 de julio de 2021 sin que, hasta entonces, se haya acordado ninguna de las diligencias de investigación ordenadas el pasado 27 de noviembre de 2023 ni se haya acordado, antes del 29 de julio de 2021, tomarle declaración a ninguno de los hoy investigados".

El escrito se basa en la reforma que sufrió en 2020 la ley que fijó la necesidad de que las instrucciones se fueran prorrogando. Hasta entonces cuando una causa estaba bajo secreto no hacía faltar realizar el trámite. A partir de entonces, la defensa sostiene que sí y que, por tanto, debería haberse prorrogado antes del 29 de julio de 2021. Para apoyar su pretensión reproduce un párrafo de una sentencia del Tribunal Supremo de 2021 en la que se afirma que "el plazo para la práctica de diligencias en fase de instrucción constituye un límite infranqueable, de manera que las practicadas una vez superado serán nulas sin posibilidad de subsanación", que es lo propone para Tsunami Democràtic.

Próxima semana

La investigación de Tsunami Democràtic, iniciada en octubre de 2019, cuando se conoció la sentencia del 'procés', se ha ido prorrogando periódicamente. Pero hasta meses después de levantarse el secreto, el pasado otoño, no se había ordenado la batería de diligencias de investigación acordadas por el juez, con petición de informes a la UE y a la OTAN. Un poco antes, el pasado 6 de octubre el magistrado imputó a 10 personas, entre las que está la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

Una semana después remitió una exposición razonada al Supremo para que asuma las pesquisas e impute a Puigdemont y al diputado del Parlament Rubén Wagensberg, ambos aforados. El alto tribunal ha pedido un informe a la fiscalía antes de adoptar una decisión al respecto. El encargado de redactarlo será el fiscal Álvaro Redondo. Se espera que esté listo la próxima semana, según fuentes del ministerio público.

Simultáneamente, el juez García-Castellón ha vuelto a rechazar la recusación que interpuso el imputado Oleguer Serra, especializado en ciberseguridad, para apartarle de la instrucción de Tsunami. El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 argumenta que ni se han vulnerado las normas esenciales del procedimiento ni se ha causado indefensión al investigado.

Además, señala que la recusación “carece de los más elementales requisitos formales exigidos para su tramitación”, porque no está firmada por el recusante, ni se acompaña de poder especial, ni se ha producido ratificación, por lo que tampoco resultaría por esta vía admisible, como ha ocurrido en la Sección Tercera de la Sala de lo Penal con la recusación presentada por el investigado de Josep Lluis Alay. El de Oleguer, que aún puede recurrir el rechazo en apelación, es el único incidente de estas características que aún sigue vivo después de que se rechazara el del empresario Oriol Soler.