En el pleno
El TC revisará la reforma del reglamento del Senado aprobada para retrasar la amnistía
El PP aprueba la reforma del reglamento del Senado para retrasar la amnistía
MULTIMEDIA / Todas las claves de la ley de amnistía
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Cristina Gallardo
Periodista
El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta senadores del Grupo Parlamentario Socialista contra la reforma del Reglamento del Senado con la que el PP pretende retrasar la tramitación de la ley de amnistía.
La reforma por la que se modifican los artículos 133 y 182 del reglamento, aprobada por el pleno de la Cámara alta el pasado 14 de noviembre, permite que la Mesa decida de forma autónoma sobre la tramitación de urgencia de las proposiciones de ley, aunque hayan sido tramitadas por ese procedimiento por el Congreso de los Diputados, lo que se ha interpretado como una maniobra del PP para tratar de retrasar la promulgación del perdón del 'procés'.
Los recurrentes alegan que los citados artículos podrían vulnerar el artículo 90.3 de la Constitución, que da un "plazo de dos meses" al Senado "para vetar o enmendar el proyecto", tiempo que se reducirá "a 20 días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados". También sostienen que la tramitación de la reforma prescindió de los trámites esenciales previstos en el Reglamento del Senado, por lo que, según los demandantes, debería declararse la invalidez de la reforma en su totalidad.
Restricción del catalán
El pleno del TC también ha admitido a trámite del recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Socialista y del Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar contra la eliminación, "con carácter general", de "la exigencia de un determinado nivel de conocimiento de catalán como requisito para acceder a puestos de personal estatutario y laboral en el Servicio de Salud de las Illes Balears y sus entes instrumentales adscritos, por lo que respecta al personal que desarrolla funciones sanitarias”.
Los diputados recurrentes consideran que la disposición final segunda y disposición derogatoria única de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública de las Illes Balears de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario, podría vulnerar los artículos 86 de la Constitución y del 49 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, por falta de presupuesto habilitante y afectación de un derecho estatutario.
Entre otros motivos, aducen que supone una vulneración del régimen de cooficialidad lingüística y del derecho de los ciudadanos a emplear la lengua catalana en sus relaciones con la administración sanitaria.
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