Investidura de Sánchez

El periplo legal que le espera a la ley de amnistía: el Congreso, el Senado y los tribunales

Multimedia | Todos los acuerdos de Pedro Sánchez para ser investido

La ley de amnistía incluye a los colaboradores de Puigdemont pero no menciona el 'lawfare'

Carles Puigdemont.

Carles Puigdemont. / Europa Press / Benoit Doppagne

Ángeles Vázquez
Miguel Ángel Rodríguez
Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La ley de amnistía arrancará su tramitación en el Congreso. Tras ser registrada por el PSOE en solitario hace casi un mes, este martes tendrá lugar el primer debate de la norma, el que será el primer pago a ERC y Junts tras el apoyo de los independentistas a la investidura de Pedro Sánchez. La "ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Catalunya", como han llamado a la ley, recibirá el 'sí' de la Cámara Baja para ser tramitada y en unos meses podría estar aprobada y entrará en vigor. A continuación, todos los pasos que se deberán seguir en el Congreso y los obstáculos que deberá sortear en el Senado:

La Mesa del Congreso

La primera parada que hizo la norma fue en la Mesa del Congreso. Este órgano, controlado por el PSOE y Sumar, es el encargado de declarar la admisibilidad de las distintas iniciativas. Dada la mayoría progresista de la Mesa no hubo problemas, aunque el foco estuvo puesto en la opinión de los letrados. En 2021, el PSOE -junto a PP y Vox- rechazaron una propuesta de ley de ERC de amnistía siguiendo el criterio de los juristas que sostenían que la norma "entraría en una contradicción palmaria y evidente" con lo establecido en el artículo 62 de la Constitución, que impide autorizar indultos generales. En este caso, emitieron un informe señalando que no encontraban esa inconstitucionalidad "palmaria y evidente".

Además de aceptar la iniciativa, la Mesa también puede declarar que el procedimiento siga la vía de urgencia, lo que acorta a la mitad la mayoría de trámites parlamentarios.

Enmiendas y demás

Una vez se declaró admisible, la proposición de ley se ha incluído en el primer pleno de la legislatura para debatir su aceptación a trámite. Una vez reciba el 'sí' del Congreso, se abrirá al plazo para que los grupos parlamentarios puedan presentar enmiendas a la totalidad, que en caso de aprobarse en un futuro debate, supondrían que la norma decayese. Se da por hecho que PP y Vox presentarán enmiendas a la totalidad, pero también que el PSOE y sus socios de investidura impedirán que estas prosperen y, por tanto, el texto seguirá su curso parlamentario.

Estas dos primeras votaciones permitirán que la iniciativa sea enviada a la comisión pertinente, la de Justicia. Durante los siguientes días -dos semanas si la tramitación es ordinaria o una semana si es por la vía de urgencia- los partidos podrán registran enmiendas parciales. Después, la comisión deberá redactar el dictamen que será votado, por segunda vez, en la comisión.

El visto bueno del Congreso

Tras pasar por la comisión, la proposición de ley se deberá volver a debatir en el pleno del Congreso de los Diputados. Este será uno de los momentos más trascendentes. Dado que la norma tendrá carácter orgánico, serán necesarios los votos de todos los socios del Gobierno para alcanzar los 176 'síes' que requiere una mayoría absoluta. Siguiendo ejemplos anteriores, como la tramitación de la derogación del delito de sedición, todos estos trámites en la Cámara Baja se podrían realizar en menos de un mes.

El Senado y la mayoría del PP

Con el 'sí' del Congreso, la proposición de ley será remitida al Senado, donde el PP goza de mayoría absoluta. Aquí, primero deberá pasar por comisión y, después, ser debatida y votada en el Pleno. Nadie duda de que los populares utilizarán su poder para vetar la norma. La cuestión es cuánto retrasan la tramitación. El Senado debe pronunciarse sobre cualquier iniciativa del Congreso en un plazo de dos meses como máximo y, si la norma viene por el procedimiento de urgencia, en 20 días naturales.

Sin embargo, los populares aprobaron una modificación del reglamento de la Cámara Alta para que sea la Mesa de esta institución la que declare la urgencia de una iniciativa. De esta forma, los conservadores podrán alargar la tramitación hasta los dos meses máximos que están establecidos. Así, el PP podría tener retenida la norma en el Senado hasta mediados o finales de marzo, dado que enero es un mes inhábil y no entra en el cómputo de los tiempos marcados.

Vuelta definitiva al Congreso

Tanto si el PP tumba la iniciativa como si introduce enmiendas, la proposición de ley deberá regresar al Congreso una vez más. Aquí, el bloque de la investidura (PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV y BNG) deberá recurrir otra vez a su mayoría absoluta de 176 escaños para levantar el veto del Senado. Solo entonces la amnistía estará aprobada y en vigor.

El Constitucional y el TJUE

La ley orgánica del Tribunal Constitucional prevé que los jueces y tribunales que deban pronunciarse sobre el "fallo" de un proceso, es decir, ponerle fin con sentencia o sobreseimiento (archivo), puedan consultarle la constitucionalidad de una ley que deben aplicar. En los sumarios, como es el caso del 'procés' en el Tribunal Supremo, esa decisión corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, no al juez instructor, que solo concluye el sumario y lo eleva. En cambio, en los procedimientos abreviados, como son muchas de las causas que se instruyen en Catalunya por cortes de carretera o lesiones o desórdenes públicos, el instructor es quien sobresee o abre juicio oral. De tal forma, que en los primeros será la Sala de lo Penal o la Audiencia Provincial quien eleve en su caso una cuestión de inconstitucionalidad sobre la amnistía, y en los segundos, el juez instructor.

El artículo 35 de la ley reguladora del TC en su último punto dice textualmente: "El planteamiento de la cuestión de constitucionalidad originará la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisión. Producida esta el proceso judicial permanecerá suspendido hasta que el Tribunal Constitucional resuelva definitivamente sobre la cuestión". Ello es compatible con que las órdenes de detención pendientes decaerían automáticamente con su entrada en vigor. En cualquier caso, la ley da un plazo máximo de dos meses a los tribunales para aplicarla y precisa que los recursos no paralizan.

Si algún juez o tribunal que tiene en sus manos procedimientos sobre los que tiene que aplicar la ley de amnistía considera que la norma es contraria al derecho a la Unión, puede plantear una cuestión prejudicial ante la justicia europea. En ese caso el argumento se centrará en que la legislación europea sobre corrupción es muy estricta, lo que podría entenderse incompatible con amnistiar unos hechos que abarcan uno de los delitos que la componen, como es el caso de la malversación de caudales públicos, por el que fueron condenados y siguen cumpliendo inhabilitación hasta la fecha los líderes independentistas. También es el delito principal por el que están procesados Puigdemont y el 'exconseller' y también eurodiputado Toni Comín.

Suscríbete para seguir leyendo