Acuerdo de claridad

¿Hay encaje jurídico para un referéndum en Catalunya? Las 7 vías que ya dibujó la Generalitat

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El 'president' Pere Aragonès defendió el referéndum el jueves en el Senado.

El 'president' Pere Aragonès defendió el referéndum el jueves en el Senado. / Daniel González / Efe

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Desde hace ya una década la figura del referéndum se ha convertido en uno de los ejes centrales del debate en la política catalana. El lunes, el 'president' de la Generalitat anunció su intención de volver a la carga para conseguir un referéndum de independencia "acordado" con el Estado. El siguiente paso, explicó, es encargar un informe que establezca los "caminos jurídicos" para hacerlo. Es una forma diplomática de decir que lo que quiere es buscar las vías que permitan convencer al Gobierno de turno que sería una votación como esta tendría encaje legal.

Elaborar un documento así tiene una doble dificultad: la primera, encontrar una vía que eventualmente pueda avalar el Estado. La segunda, encontrar a estas alturas una vía que alguien no haya formulado ya antes en vano. Desde 2013, la Generalitat ha recibido hasta cuatro informes -2013, 2014, 2016 y 2019- sobre la legalidad de hacer un referéndum que contenían al menos siete propuestas diferentes. Además, tres ellos los ha firmado el Institut d'Estudis de l'Autogovern (IEA) -dependiente de la Generalitat- que es el organismo que, de nuevo, ha recibido el encargo de hacerlo.

Estas son las vías que se han propuesto hasta la fecha:

Ceder la competencia

Ceder la competencia

Una de las vías ya ensayadas por el independentismo es apelar al artículo 150.2 de la Constitución, que establece que el Estado podrá "transferir o delegar" a las autonomías materias de su titularidad. Por ejemplo, se defiende desde Catalunya, la de convocar un referéndum. En 2013 el Parlament ya llevó al Congreso la petición al Gobierno de ceder la potestad para "autorizar, convocar y celebrar un referéndum sobre el futuro político de Catalunya". Nadie lo impugnó, pero recibió un portazo: 299 votos en contra, 47 a favor y 1 abstención. ¿Podría volver a intentarse buscando una mayoría distinta? Podría, aunque luego tocaría vencer la probable resistencia del Tribunal Constitucional y de PP y Vox. Esta es una vía que Aragonès ya citó en 2021 al poco de ser investido y tras reunirse por primera vez como 'president' con el jefe del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez.

Jordi Turull, en fotografía de archivo.

Jordi Turull en 2014 cuando defendió la consulta ante el Congreso. / ACN / GUILLERMO SANZ

Artículo 92

Artículo 92

Otra de las vías citadas por los informes anteriores del IEA es apelar al artículo 92 de la Constitución, que prevé que se puedan realizar referéndums sobre "decisiones políticas de transcendencia especial". Un artículo desarrollado luego por una ley orgánica de 1980 con la que se convocó en 2006 la votación del Estatut. Es una opción que citó recientemente el 'expresident' Carles Puigdemont en la conferencia donde explicó las condiciones de Junts para la investidura. El problema es que el Constitucional ya ha avisado de que no puede servir para preguntar por la secesión. Esa será también una de las claves del nuevo informe del IEA. La cuestión no será encontrar solo el camino, sino también el objeto de la pregunta. No es lo mismo preguntar sobre la independencia, que sobre el "futuro político", que sobre el Estatut.

Reforma constitucional

Reforma constitucional

Esta es una opción que ha apuntado como posible el propio Tribunal Constitucional en su jurisprudencia relativa al 'procés': emprender una reforma de la Carta Magna para dar encaje al referéndum sobre la independencia que se propone desde la Generalitat. Pese a ello, es una reforma de tal calado que ni el independentismo se ha mostrado nunca dispuesto a emprender. Además, algunos sectores de este movimiento -también lo apuntaba el IEA en un documento de 2019- consideran que abrir la Constitución podría provocar el efecto contrario. Un riesgo de "recentralización" del estado autonómico y "el cierre del modelo territorial".

La ley catalana de consultas populares

La ley catalana de consultas populares

Esta es la ley que elaboró el Parlament pensando en la consulta del 9 de noviembre de 2014, que al final no se organizó con esta norma y que acabó con sus máximos responsables condenados por la justicia. Este no sería, estrictamente, el formato de referéndum que pide el 'president'. Se ha utilizado en algunos casos como por ejemplo para decidir si se creaba la comarca del Moianès. También se planteó como el instrumento para preguntar a los ciudadanos si estaban de acuerdo con los Juegos Olímpicos de Invierno -como no hubo juegos, no hubo votación-. El Constitucional ya advirtió de que no servía para preguntar sobre la independencia.

Participantes en la consulta del 9-N, en Mora d'Ebre.

Participantes en la consulta del 9-N. / JOAN REVILLAS

La ley catalana de consultas referendarias

La ley catalana de consultas referendarias

En 2010, en el tramo final del tripartito y aun sin el 'procés' en marcha, el Parlament elaboró una ley catalana de consultas referendarias. Se daba a la Generalitat y el Parlament el poder para impulsar y organizarlas, aunque se fijaba la necesidad de una autorización previa del Estado. Aunque entonces el debate sobre la independencia era prácticamente inexistente, fue impugnada por el entonces gobierno del PSOE. Se planteó en su día como mecanismo para hacer la consulta del 2014, pero en 2017 el Constitucional anuló por unanimidad la parte más sustancial de esa ley.

Una ley orgánica solo para Catalunya

Una ley orgánica solo para Catalunya

En marzo de 2019, cuando el Tribunal Supremo aún no se había pronunciado sobre los líderes independentistas encarcelados por el 1-O, el IEA presentó un nuevo informe con "dos vías no exploradas" para la celebración de un referéndum. La primera era la presentación por parte del Parlament al Congreso de una ley orgánica que de "forma singularizada" planteara la celebración en Catalunya. En definitiva, elaborar desde Catalunya una norma de rango estatal que permitiera hacer una consulta en el territorio catalán, por ejemplo respecto "al grado de autogobierno". Como derivada, se proponía reformar la ley orgánica de 1980. Esta propuesta iba firmada, entre otros, por el politólogo Marc Sanjaume, que ha liderado el informe académico sobre el acuerdo de claridad.

Una disposición adicional en la Constitución

Una disposición adicional en la Constitución

En ese mismo informe se apuntaba una segunda propuesta que pasaba por una reforma constitucional, pero en este caso de manera quirúrgica. En concreto, se abogaba por añadir una "disposición adicional" en la Carta Magna para la "celebración de una consulta referendaria en Catalunya". La virtud del movimiento, se defendió entonces, es que es precisamente en las disposiciones adicionales donde se recogen las singularidades territoriales, como "los derechos históricos" de los "territorios forales" -Navarra y Euskadi-. En ese mismo informe se documentaban 79 referéndums de independencia celebrados entre 1945 y 2019 por todo el mundo. Ahora, el 'president', quiere añadir Catalunya a la lista.

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