Vista en Londres

Juan Carlos I pide que no se llegue a juicio y Corinna exige 146 millones por daños y perjuicios

 La defensa del emérito utiliza su inmunidad hasta 2014 para que el caso sea desestimado de inmediato sin entrar en las pruebas del acoso

Rowena Collins Rice

Rowena Collins Rice

Lucas Font
Ernesto Ekaizer
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El nuevo bufete que defiende a Juan Carlos I ante la demanda civil por presunto acoso, vigilancia ilegal y difamación de su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein, ha sostenido en la primera vista de cuatro días, en curso desde las 10:30 hora de esta mañana en Londres, en el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, que las acusaciones han perdido su razón de ser por el hecho de que la Corte de Apelaciones, división civil, limitó la causa a los hechos posteriores a la abdicación del monarca el 18 de junio de 2014. Por ello ha urgido este martes 18 de julio a desestimar la demanda sin llegar a juicio ('summary judgement and strike out') para evitar los costes de un largo pleito. Corinna, según reveló el abogado ('barrister') Adam Volanski, contratado por Velitor Law para defender a Juan Carlos I, ha puesto por primera vez cifra de daños y perjuicios: 126 millones de libras esterlinas o 146,43 millones de euros

Los abogados han señalado a la jueza a cargo de la audiencia de cuatro días -martes 18-jueves 21 de julio-, Rowena Collins Rice, que los hechos anteriores a esa fecha, es decir, cuando Juan Carlos I era rey en ejercicio “suenan como si pudieran constituir acoso, si ella tuviera razón y su casa hubiese sufrido una entrada y registro de agentes del Estado español [Centro Nacional de Inteligencia]. Ello podía provocar ansiedad, preocupación y perturbación como lo provoca recibir comunicaciones que piensas son amenazadoras por parte de gente que da nombres falsos. Pero el problema para la demandante [Corinna zu Sayn-Wittgenstein] es que no puede basarse en nada de lo que ocurrió en 2012. Porque la Corte de Apelaciones ha resuelto que esos son asuntos que están protegidos por la inmunidad de Estado”. 

En efecto, la demanda enumera una serie de acciones presuntamente ordenadas por el director del CNI, general Félix Sanz Roldán, como la entrada en las oficinas de Corinna en Montecarlo, Mónaco, en mayo de 2012, y una presunta incursión en su palacete en la casa de campo Chyknell Hall Estate, situada en Shropshire, a 263 kilómetros de Londres.  

Contradicciones

El abogado leyó partes de la sentencia de la Corte de Apelaciones y puso hincapié en las contradicciones incurridas por Corinna y su defensa en relación con la actuación del general Sanz Roldán. En una primera versión la demandante dijo que el general había actuado en función oficial, en calidad de director del CNI -en las órdenes de registro de domicilios y seguimiento de Corinna-, y más tarde corrigió al precisar que Sanz Roldán había actuado a título personal. 

Con todo, algunos juristas ingleses de peso creen que la Corte de Apelaciones se equivocó ya que las presuntas operaciones realizadas por el CNI en Mónaco y en el Reino Unido no pueden ser consideradas actos oficiales de Juan Carlos I. 

Es el punto de vista, expresado en círculos jurídicos, según ha sabido EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, nada menos que por Jonathan Sumption (1948) magistrado del Tribunal Supremo británico entre 2012 y 2018, y autor de buen número de libros de gran repercusión jurídica, histórica y política que lo han convertido en uno de los jueces con mayor influencia en el Reino Unido.  

La defensa del emérito ha sido muy directa: hay que terminar con esta demanda y evitar el juicio. Es decir: el tribunal debe desestimar la demanda y abortar el procedimiento. Esto conduce a que no tenga lugar lo que se llama un mini-juicio en el tribunal que teóricamente sería presidido por el juez Mathew Nicklin (que en estas audiencias ha sido sustituido por la jueza Collins Rice). 

Las posibilidades

Una de las consideraciones para lograr una desestimación sumarísima, 'a limine', en esta fase del proceso, es si la demanda tiene posibilidades reales, en oposición a imaginarias, de lograr éxito, es decir, de ganar. Posibilidad real se estima que tiene argumentos sólidos mientras que perspectivas imaginarias implican que la demanda tiene poca base y contiene contradicciones flagrantes. 

Pero cuanto más complejo es un caso, como el presente, menos factible es la desestimación sumarísima que está pidiendo, formalmente, la solicitud primera -'application'- que la defensa de Juan Carlos I ha expuesto en el tribunal. Las otras dos objeciones previas de esa defensa es la presunta falta de jurisdicción del Reino Unido en el acoso esgrimido y, finalmente, la forma, considerada inapropiada, de comunicar la demanda a Juan Carlos I el 29 de diciembre de 2020: vía 'Whatsapp'. 

La petición de Juan Carlos I

Este miércoles 19, la defensa de Juan Carlos, tras pedir la desestimación sumaria, se opondrá a la jurisdicción y pedirá en todo caso una declinatoria de jurisdicción a favor de España para que el caso de acoso se vea en los tribunales españoles, una iniciativa difícil de prosperar porque la mayor parte de los hechos ha ocurrido mientras Corinna residía en Londres. 

El juicio es un peligro para Juan Carlos I y también, por las revelaciones que se conocerían de pasarse a la examinación de las pruebas, y que podrían salpicar aunque sea por razones de prestigio a la Casa de Su Majestad el Rey Felipe VI. 

En sus últimas alegaciones, a las que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, por ejemplo, hay algunas cargas de profundidad.  

Negociación fallida

El 5 de marzo de 2019, los abogados de Corinna enviaron una carta a la Casa de Su Majestad el Rey Felipe VI a la atención de su jefe, Jaime de Alfonsín en la que Corinna ponía de relieve la historia de los 100 millones de dólares que le había donado Juan Carlos I y proponía una negociación para acabar con el acoso. Esa carta fue entregada por Felipe VI a su padre. Juan Carlos I viajó a Londres el 16 de marzo de 2019. Ningún pacto salió de ese encuentro, donde, según Corinna, el emérito intentó que le pidiera dinero para presentarla como extorsionadora. 

Según sostiene en sus alegaciones “en una reunión en el apartamento de Corinna zu Sayn Wittgenstein, en Londres, ella sostiene que el 16 de marzo de 2019, negándose a acceder a mis solicitud de poner fin al acoso, el demandado [Juan Carlos I] indicó que invitó a su hija [Nastassia] a subir un barco y afirmando que la gente creía que se había acostado con su hija en julio 2016; e indicando que había dicho falsedades a la Familia Real en Arabia Saudita”. 

En las alegaciones, Corinna señala que se trata del yate Azúcar, propiedad de Pepe Fanjul, de ascendencia asturiana nacido en Cuba, dueño del llamado imperio del azúcar y del complejo hotelero Casa de Campo en La Romana (República Dominicana), en el que Juan Carlos I ha sido invitado en numerosas ocasiones. 

Nasstasia (Anastasia) que vive en Nueva York, entonces de 24 años, hija de Corinna y su primer marido, el empresario Philip Adkins, más tarde íntimo amigo de Juan Carlos I, fue invitada al yate de Fanjul en julio de 2016. 

Los cálculos

Da toda la impresión, si se sigue los detalles incluidos en las alegaciones, que la examante de Juan Carlos I tiene pruebas concretas de los hechos que narra y de las múltiples reuniones mantenidas con el emérito y sus amigos. 

En la demanda original, dicen las alegaciones, “se explicaba cómo Juan Carlos I la acosó fijándose como objetivo sus relaciones comerciales que ella o sus empresas tenían con sus clients, con la idea de dañar los contratos existentes o previniendo la concreción de negocios en el futuro”. 

Corinna señala que su ingreso anual medio para los años 2008-2012 fueron 7.488.006,86 libras esterlinas (8,7 millones de euros), que su ingreso proyectado para los años 2013 y 2022 había sido de 61.516.919,76 (71,4 millones de euros) y que entre 2013 y el presente año de 2023, su ingreso fue de 9.159.919,66 (10,5 millones de euros). 

En su enumeración de daños están los gastos provocados por los procedimientos en Ginebra por lavado de dinero, en la que fue declarada inocente, y en Estados Unidos, donde también fue absuelta. 

A ello agrega los daños psicológicos, documentados por un médico forense. 

En total: 126 millones de libras o 146 millones de euros. 

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