Convocatoria anticipada

La JEC exigirá el DNI para votar por correo en las elecciones del 23-J en toda España

Los viajes de verano serán una excusa para no estar en una mesa electoral

Voto por correo elecciones

Voto por correo elecciones / Europa Press / Jesús Hellín

Miguel Ángel Rodríguez

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La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido exigir a todos los ciudadanos que vayan a votar por correo que se identifiquen con el DNI en el momento de ejercer el voto. Tras destaparse una trama de corrupción en Melilla que se dedicaba a la compra de votos por correo en el 28-M, el árbitro electoral ha decidido atajar esta práctica desde el primer momento y en toda España. Así, en estos comicios generales, todos los votantes deberán enseñar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o un documento análogo a la hora de entregar el voto en las oficinas de Correos.

A un mes escaso de que la Junta Electoral de Melilla se viera obligada a tomar esta decisión por la creciente desconfianza que estaba surgiendo por la compra de votos, la JEC ha decidido curarse en salud y evitar cualquier sospecha de amaño en el proceso electoral. Será así la primera vez en la que los electores deberán acudir a las oficinas de Correo con el DNI en la mano obligatoriamente. Hasta el momento, solo era estrictamente necesario cuando se solicitaba el voto por correo y cuando se recogía la documentación electoral.

En este sentido, la JEC recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) no recoge la exigencia de presentar el DNI a la hora de mandar por correo certificado los sobres de votación. No obstante, señalan que ante lo ocurrido en Melilla y otras pequeñas localidades de España han considera "necesario modificar su doctrina y establecer con carácter general la obligación de entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la referida documentación electoral" y aportando un "documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación".

Para aquellas personas que no puedan acudir de manera personal a enviar por correo certificado la documentación, la JEC detalla que se "deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo". Además, insisten en que "el personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada".

Los viajes como excusas

Otra de las decisiones que ha adoptado este jueves la Junta Electoral Central es aceptar como excusa para formar parte de una mesa electoral la contratación de un viaje de vacaciones. La JEC ha admitido que la celebración de las elecciones en pleno periodo veraniego puede provocar problemas dado que haya gente que tenga contratados viajes vacaciones. Así, la JEC ha señalado que se tendrá en cuenta que al ciudadano le coincida "el día de la jornada electoral con un desplazamiento vacacional cuya cancelación les ocasione perjuicios económicos o trastornos graves"

Esta situación deberá acreditarse documentalmente, demostrando que el viaje fue contratado antes de la convocatoria de las elecciones. No obstante, la Junta Electoral matiza que todo esto quedará a expensas de las Juntas Electorales de Zona que deberán tener en cuenta un "criterio principal que debe prevalecer en todo caso" y es que "se asegure la integración plena de las mesas" electorales.