Sorteo

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Imagen de una mesa electoral.

Imagen de una mesa electoral. / Agencias

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El próximo 28 de mayo se celebran elecciones municipales y autonómicas en 12 Comunidades Autónomas de España, además de elecciones a las Asambleas de Ceuta y Melilla y elecciones a Cabildos Insulares Canarios. Las autonomías en las que se celebran comicios son Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y la Comunidad Valenciana. 

Las mesas electorales, que están compuestas por un presidente y dos vocales, son las encargadas de presidir el acto de la votación, controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio.

El nombramiento de los integrantes de la mesa electoral es competencia de cada Ayuntamiento, y se eligen por el pleno municipal, mediante sorteo público utilizando cualquier procedimiento aleatorio o mecanismo al azar.

Este sorteo se realiza entre la totalidad de personas censadas que tengan menos de 70 años y sepan leer y escribir, si bien a partir de los sesenta y cinco años de edad se podrá manifestar la renuncia en el plazo de siete días. Quedarán excluidas aquellas personas que alcancen la mayoría de edad en el plazo comprendido entre la formación de las listas de votantes y la votación.

El presidente de la mesa deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de Graduado Escolar o equivalente, y se designarán dos suplentes por cada persona que forme parte de la mesa electoral (dos por cada vocal, y otros dos suplentes para el Presidente o Presidenta de la Mesa).

La fecha del sorteo

Para las elecciones del 28 de mayo de 2023, los sorteos se realizan entre los días 29 de abril y 3 de mayo de 2023. A las personas designadas, se les notifica que han sido elegidas para formar parte de la mesa electoral durante los tres días siguientes al sorteo, aunque si se produce más tarde, el retraso no será causa invalidante de la designación.

Junto con la notificación les será proporcionado un manual de Instrucciones para las personas que integran las mesas electorales.

La designación como persona elegida para formar parte de la mesa para un proceso electoral no supone la continuidad para el siguiente, aunque nada impida que, en virtud del sorteo, pueda ser elegida de nuevo en procesos consecutivos.