Guía completa
Ya puedes votar por correo en las elecciones municipales 2023
El próximo 28 de mayo se celebran las elecciones municipales en todo el país
El Periódico
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El próximo 28 de mayo de 2023 se celebran en toda España las elecciones municipales. Como en otros comicios, existe la opción de votar por correo para aquellas personas que prevén estar fuera de sus ciudades ese día. Para estas elecciones, ya se ha abierto el plazo para elegir esta modalidad de voto.
A continuación te explicamos cómo votar por correo paso a paso, quién puede hacerlo y cuáles son las fechas y plazos a tener en cuenta.
¿Cómo se vota por correo?
Lo primero que tendrás que hacer será solicitar el voto por correo. Existen dos formas de hacerlo: presencial o telemática. Para hacerlo presencialmente, debes dirigirte a cualquier oficina de Correos y pedir el impreso de solicitud de voto por correo. Si prefieres hacerlo 'online', deberás entrar en la página web de Correos y seguir los pasos indicados en el apartado 'Solicitar'. Este trámite ya está disponible y se puede realizar hasta el 18 de mayo.
Una vez hayas solicitado que quieres votar por correo, recibirás en casa la documentación electoral: las papeletas, los sobres electorales, el certificado de inscripción al censo e información sobre cómo votar y la mesa electoral correspondiente. Como muy tarde, deberás recibir la documentación el día 22 de mayo.
Cuando hayas decidido a qué candidatura votaras en las municipales, tendrás que introducir en el sobre la documentación concretada en las instrucciones que habrás recibido en casa. Posteriormente, tendrás que devolver el sobre a una oficina de Correos, desde donde se enviará por correo certificado. El último día que puedes llevar tu voto a Correos es el 24 de mayo.
¿Qué pasa después con mi voto?
Correos es el encargado de la custodia de los votos hasta las 9.00 horas del día de la votación, el 28 de mayo. A partir de aquella hora, que es cuando abren las mesas electorales, se distribuyen los sobres entre las mesas correspondientes, para que se puedan incluir en el recuento.
Si has solicitado votar por correo, no podrás votar de forma presencial el día de las elecciones. Igualmente, es importante que sepas que solicitarlo no te impide entrar en el sorteo para formar parte de una mesa electoral.
¿Quién puede votar por correo?
Pueden votar por correo las mismas personas que pueden votar presencialmente. Es decir, las que son mayores de edad y están empadronadas e inscritas en el censo electoral.
Las personas extranjeras también lo pueden solicitar, pero en su caso tienen que ser de la Unión Europea o de alguno de los trece países con acuerdo de reciprocidad que tienen derecho al voto. Previamente han tenido que cumplir ciertos requisitos, como estar inscritos en el padrón y el censo electoral.
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