Audiencia Nacional
En libertad con cautelares el jubilado imputado por el envío de seis cartas con explosivos
El juez Calama le impone comparecencias semanales en el juzgado y prohibición de salir del país
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado la libertad con medidas cautelares del jubilado de Miranda de Ebro Pompeyo González, detenido el pasado 25 de enero como presunto autor del envío de seis cartas con explosivos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles, a la embajada de Ucrania en Madrid, a las instalaciones de la empresa zaragozana Instalaza, a la embajada de Estados Unidos en la capital y al centro de satélites de la Base Aérea de Torrejón.
En su auto, el magistrado le impone como medidas cautelares la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado más próximo a su domicilio, la prohibición de salida del territorio nacional, la retirada del pasaporte, así como la obligación de fijar un domicilio y un número de teléfono donde puede ser localizado.
Siguiendo el criterio de la Fiscalía, el juez Calama entiende que procede dejarle en libertad sin necesidad de que tenga que aportar fianza alguna, dado que no existe riesgo de destrucción de prueba, toda vez que ya se han efectuado las diligencias de instrucción más relevantes para la obtención de los indicios de criminalidad sustanciales para esclarecer el remitente de las cartas. Todos ellos apuntan hacia Pompeyo González, que las habría enviado con el objetivo de acabar con el apoyo español a Ucrania tras la invasión rusa.
Sin antecedentes
El instructor también explica en su resolución que el investigado no tiene antecedentes penales previos a los hechos que se instruyen en el juzgado, no existen indicios que apunten a que exista riesgo de reiteración delictiva y tiene domicilio conocido y arraigo en la localidad burgalesa de Miranda de Ebro.
También tiene en cuenta el juez su avanzada edad (74 años) y que se encuentra en prisión provisional desde el pasado 27 de enero. Por eso se decanta por medidas cautelares de menor relevancia que la prisión provisional, como las impuestas en su caso de comparecencias ante el juzgado, retirada de pasaporte y prohibición de salida de España.
En su resolución, que puede ser recurrida ante el propio juez en reforma o en apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el juez advierte de que el incumplimiento de las medidas cautelares impuestas podría dar lugar a la adopción de otras más graves, como el propio reingreso en prisión.
- Hacienda te devuelve 300 euros si tienes un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos: así tienes que ponerlo en la declaración de la renta
- El mundo de la cultura, de Almodóvar a Serrat, convoca una concentración para pedir un alto el fuego en Gaza
- Adiós a los cajones de la cocina: la solución con perchas que puedes colocar en cualquier parte
- El CEO publica la primera encuesta de la campaña de las elecciones en Catalunya
- Tiempo de Catalunya, hoy, viernes 26 de abril: empieza un esperanzador episodio de lluvias
- RTVE elimina el último programa de Masterchef en el que se denigró a una concursante que abandonó por estrés
- Precintan un local de Castelldefels por incumplir la normativa de seguridad, salubridad e higiene
- Pedro Sánchez, en directo hoy: las últimas noticias tras la carta del presidente sobre su posible dimisión y reacciones