Caso Acuamed
La Audiencia Nacional pregunta por primera vez si afecta la reforma de la malversación a un caso de corrupción
Se dirige a Anticorrupción para saber si con la modificación la pena prevista se reducirá y no puede abrirse sumario
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
La reforma del delito de malversación, cuya entrada en vigor está previsto para este jueves, ya está produciendo las primeras revisiones en los juzgados, incluso en casos de presunta corrupción. La Audiencia Nacional, competente para investigar los de mayor repercusión económica o que afectan a varias provincias, ya se ha dirigido a la Fiscalía Anticorrupción para preguntarle por uno de ellos.
En concreto, quiere saber si la modificación legislativa puede suponer un cambio en la petición fiscal de transformación a sumario del caso Acuamed, en el que se investiga si se inflaron contratos a través de la empresa pública dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente durante el Gobierno de Mariano Rajoy.
Fuentes de Anticorrupción han señalado a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que estudiarán la reforma con detenimiento antes de responder al juez Manuel García-Castellón, que en el auto, que en su nombre firma el magistrado de refuerzo Joaquín Gadea, apunta a que la modificación legislativa puede hacer que los delitos investigados estén penados con una pena menor, que los deje por debajo de los nueve años de prisión. Ello implicaría que no se pueda realizar la transformación en sumario y tendría que acudirse al procedimiento abreviado, que es la tramitación prevista para los delitos penados con un número menor de años.
Más favorable al reo
De ser así la última petición de la fiscalía especial, dirigida precisamente a realizar la transformación en sumario, quedaría ahora desactualizada y tendrá que adecuarse a las condiciones que implica la ley que entra en vigor esta semana, ya que un principio del Derecho es la aplicación de la legislación más favorable al reo, aunque los hechos se hubieran producido con anterioridad a la anterior reforma del Código Penal, que fue en 2015.
El magistrado, que prorroga la instrucción de la causa otros tres meses, considera que no tendría sentido citar a los procesados para prestar declaración indagatoria si no es el trámite adecuado, según lo previsto en la nueva legislación.
La revisión de las condenas se produce a instancias de las defensas o de oficio por los tribunales cuando se produce cualquier cambio en el Código Penal que afecte el delito. En el caso de la ley del 'solo sí es sí' ha supuesto la rebaja de decenas de condenas por abusos y agresiones sexuales, entre otros aspectos, al considerar que todo son agresiones.
La Fiscalía General del Estado lleva semanas trabajando en cómo afectará a las condenas por malversación ya impuestas y a los procedimientos aún en instrucción, con la intención de fijar un criterio común para todos los fiscales. Fuentes del ministerio público señalan a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que en principio no tendría por qué afectar a los casos anteriores a la reforma del PP de 2015, en los que se eliminó la distinción entre la malversación con y sin ánimo de lucro.
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