Cambio en el Código Penal

Las claves de la reforma de la malversación que plantea el Gobierno y que rebajaría las penas por el 1-O

El delito de "desvío presupuestario irregular" supondría un castigo de hasta cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación

El presidente Pedro Sánchez, flanqueado por Salvador Illa y Jaume Collboni, en un acto en Barcelona

El presidente Pedro Sánchez, flanqueado por Salvador Illa y Jaume Collboni, en un acto en Barcelona / ELISENDA PONS

Sara González

Sara González

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En la contrarreloj para poner el lazo al paquete de medidas de la desjudicialización que negocian la Moncloa y el Govern y que quedará después a expensas de la interpretación de los tribunales, la reforma de la malversación es el último elemento candente. Si el planteamiento de ERC es acotar el delito para que no sea aplicable a la organización del 1-O, el PSOE y Podemos ultiman una contrapropuesta en la que introduce un tipo de malversación, el "desvío presupuestario irregular", en el que considera que encajaría la destinación de fondos públicos para el referéndum. Este estaría castigado con una pena de un máximo de cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación, lo que, a la práctica, entienden que sería aplicable a la organización del referéndum, pero con una rebaja de condena respecto a las ahora vigentes.

Deshacer la reforma del PP del 2015

En esencia, el Gobierno pretenden también, como plantean los republicanos, deshacer la reforma penal que el PP hizo en 2015 pensando en el 9-N que organizó el Govern bajo la batuta de Artur Mas y que no distingue el ánimo de lucro a la hora de tipificar y castigar la malversación. Los socialistas recuerdan que votaron en contra y que también emitieron informes desfavorables el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. Además, ni tan solo con esta reforma se pudo acusar al 'expresident' de malversación ni impidió que en el 2017 se organizara el 1-O.

Aplicable al 1-O

Las dos "líneas rojas" del PSOE para reformar la malversación es que no beneficie a condenados por corrupción y que se sancione "todo uso irregular y arbitrario" de fondos públicos. Los socialistas consideran que la propuesta de ERC, que busca acotar el delito al ánimo de lucro y al uso particular de fondos públicos, no contempla ese supuesto en el que entienden que podría encajar el 1-O. Pero también otros casos en los que se destinen unos recursos previstos para unos servicios públicos para otro supuesto que lesione el fin inicial. 

Es por ello que proponen una nueva figura, el "desvío presupuestario irregular", con una pena de entre uno y cuatro años de cárcel y de dos a seis de inhabilitación. Consideran que aquí podría encajar la organización del 1-O. Esta modificación supondría una rebaja de la pena para los encausados del 'procés', que ahora se sitúa en seis años de prisión y diez de inhabilitación -12 en los casos más agravados-. De hecho, las conversaciones con los republicanos han girado al entorno de la reducción de penas pensando en los condenados por el 1-O, los dirigentes que serán juzgados próximamente -como Josep Maria Jové y Lluís Salvadó- y los líderes del 'procés' que residen fuera del Estado.

Además, en la reforma del delito incluyen el concepto de "malversación apropiatoria" -cuando existe lucro personal o de terceros- con las mismas penas que hasta hora y la "malversación de uso" para, a pesar de que no haya enriquecimiento, castigar a quien destina patrimonio público para un fin privado. Este segundo va en la misma línea que la enmienda de ERC y recoge el mismo rango de penas: de seis meses a tres años de cárcel. En cuanto a los atenuantes, la devolución de patrimonio deberá producirse antes del inicio del juicio oral y la colaboración con la justicia deberá ser "eficaz", es decir, "ofrecer resultados".

Los referentes europeos

Además de deshacer la reforma que el PP hizo de la malversación del 2015, los socialistas justifican que con su propuesta se equipara la definición del delito a la que tienen otros países europeos. Francia, Italia o Portugal, recuerdan, tienen un modelo que distingue la apropiación de fondos públicos y la desviación irregular de dichos fondos. La apropiación está castigada en Francia con hasta diez años de prisión y la desviación con cinco, en Italia la apropiación se pena con entre cuatro y diez años y la desviación con entre uno y cuatro, y en Portugal el primer supuesto tiene un rango de cárcel de entre uno y ocho años y el segundo de hasta un año. En el caso de Alemania sí que se igualan ambas conductas, pero el máximo de cárcel es de 5 años.

Persecución del enriquecimiento ilícito

Consciente del revuelo que causaría la apuesta por reformar la malversación tras haber derogado la sedición, la Moncloa propone la creación de un nuevo delito contra la corrupción, el del <strong>enriquecimiento injustificado</strong>, que aseguran que responde a las "recomendaciones y tendencias" de Naciones Unidas, la Comisión Europea y la Fiscalía Anticorrupción. Se perseguirá así los cargos públicos que hayan obtenido un "incremento patrimonial no justificado" o una cancelación de deudas superior a los 250.000 euros con penas de entre seis meses y tres años de prisión, además de la inhabilitación y multas económicas. 

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