Nuevo delito en el Código Penal
El Gobierno impulsa penas de hasta 6 años de cárcel para quien incumpla la legislación laboral reiteradamente
Ángel Alonso Giménez
Periodista
Miguel Ángel Rodríguez
Periodista político, especializado en la información parlamentaria del Congreso y el Senado
PSOE y Unidas Podemos quieren aprovechar la reforma del Código Penal para crear un nuevo delito que recoja penas de cárcel de entre 6 meses y 6 años para aquellas personas que incumplan de manera reiterada la legislación laboral. El presidente del grupo parlamentario morado, Jaume Asens, ha explicado que la actual normativa solo permite multas económicas y que resulta necesario endurecer el CP para frenar este tipo de conductas abusivas con los trabajadores.
A través de una enmienda presentada a la proposición de ley para derogar la sedición, socialistas y morados quieren crear este nuevo subtipo "para aquellos empresarios que de forma sistemática incumplen la legislación laboral y vulneran los derechos de los trabajadores no se vayan de rositas". Según ha denunciado, actualmente "les sale más a cuenta" hacer caso omiso a las normas y pagar las multas económicas que respetar la legislación. Así, Asens ha reivindicado que se trata de "una reforma para blindar los derechos de los trabajadores".
Los cambios
El actual Código Penal establece penas de prisión de seis meses a seis años y multas de seis a doce meses para aquellos que "mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual".
Socialistas y morados quien añadir que estas mismas multas se apliquen "a quien imponga condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantenga en contra de requerimiento o sanción administrativa.
Las dos formaciones han propuesto también la creación de un nuevo delito de "enriquecimiento ilícito" para aquellos cargos públicos que hayan obtenido un "incremento patrimonial no justificado" superior a los 250.000 euros y que sería penado con entre seis meses y tres años de prisión, además de la inhabilitación y multas económicas.
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