Por no contestar a Vox

La jueza impide a Antonio Baños declarar en catalán y él se niega a responder "en una lengua extranjera"

La fiscal rebaja la pena que pide para él de seis a cuatro meses de prisión, en línea con lo solicitado para Reguant

El exdiputado de la formación en el Parlament de Catalunya Antonio Baños con un cuaderno a su llegada al Juzgado de lo Penal Número 30, a 29 de septiembre de 2022, en Madrid

El exdiputado de la formación en el Parlament de Catalunya Antonio Baños con un cuaderno a su llegada al Juzgado de lo Penal Número 30, a 29 de septiembre de 2022, en Madrid / ANDREA ZAMORANO/ACN

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

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La jueza de lo Penal número 30 de Madrid, Hortensia de Oro-Pulido, impidió este jueves al exdiputado de la CUP Antonio Baños declarar en catalán, al no ser lengua cooficial de la Comunidad madrileña y no generarle ninguna indefensión, puesto que entiende y puede expresarse perfectamente en castellano. Baños, que se enfrenta a una petición fiscal de cuatro meses de prisión por un delito de desobediencia grave al negarse a contestar a Vox en el juicio del 'procés', respondió que se negaba a declarar "en una lengua extranjera".

La vista fue breve, porque prácticamente se limitó a ver el vídeo del juicio del 1-O en el que el presidente de esa vista y de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, le advirtió de las consecuencias penales que su actitud le podía acarrear y que "el tribunal no quería activar". El magistrado intentó que respondiera a las preguntas que le formulaba Vox a través de la presidencia, pero cuando Baños preguntó si a través del presidente estaba realmente respondiendo a Vox, Marchena rectifica y pone fin al sistema que había improvisado para no tener que actuar ante la negativa del testigo a contestar al partido de extrema derecha.

A continuación, la fiscal Olga Herranz rebajó la petición de pena para asimilarla a la solicitada para la diputada de la CUP en el Parlament Eulàlia Reguant por los mismos hechos, de tal forma que ambos se enfrentan a cuatro meses de prisión y no a seis, como se proponía inicialmente por el ministerio público antes de que las actuaciones contra la aforada fueran remitidas al Tribunal Supremo.

La defensa, por su parte, solicitó la libre absolución del exdiputado al entender que no cometió desobediencia, porque se ve que con claridad quiere ayudar a esclarecer los hechos que se juzgaban, pero pidió una aclaración ante el poco habitual utilizado por Marchena para que respondiera a Vox.

Así como que no se trataría en ningún caso de un delito grave, sobre todo, al haber abonado ya una multa de 2.500 euros por no contestar a la acusación popular. El abogado dejó constancia de su protesta por no haberse permitir a su cliente declarar en catalán, a diferencia del Tribunal Supremo, donde Reguant sí lo pudo hacer, extremo en el que la jueza señaló que la diferencia podía deberse a la jurisdicción nacional del alto tribunal y de la Audiencia Nacional frente a la de un juzgado madrileño.