Por no contestar a Vox

La fiscalía de Madrid pide seis meses para Baños mientras que Reguant como aforada solo se enfrenta a cuatro

La diputada de la CUP se ha visto beneficiada por la Fiscalía del Supremo que rebajó la petición inicial

Ella será juzgada el miércoles en el Supremo, mientras que él, el jueves, en los juzgados de Madrid

La diputada de la CUP en el Parlament Eulàlia Reguant

La diputada de la CUP en el Parlament Eulàlia Reguant / ACN / ÀLEX RECOLONS

Ángeles Vázquez

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El aforamiento del que disfrutan los diputados y senadores tiene sus ventajas. Aunque no sean pocas las formaciones políticas que parecen repudiarlo, sobre todo cuando no se les tiene que aplicar. En el caso de la diputada de la CUP Eulàlia Reguant y del que era su compañero de partido Antonio Baños se ha hecho más que evidente su ventaja. Ella se enfrenta a una petición fiscal de cuatro meses de prisión y él de seis por los mismos hechos: negarse a contestar a Vox en el juicio del 'procés'.

Ella será juzgada este miércoles en el Supremo y él el jueves, en un juzgado de lo Penal madrileño. La diferencia es que ella sigue siendo diputada del Parlament y, por tanto, goza de fuero ante el Supremo cuando el delito que se le imputa se cometió fuera de Catalunya. En su caso, ambos habrían cometido el delito de desobediencia grave a la autoridad que se les imputa en la sede del propio Supremo, en Madrid, cuando se negaron a responder a la acusación popular que ejercía Vox.

Tribunal competente

Reguant iba a ser juzgada en el Supremo el pasado mes de marzo, pero la vista se suspendió y aplazó hasta este miércoles, al darse cuenta el tribunal de que se había abierto juicio contra ella por un juzgado que no era competente para ello, puesto que como aforada solo podía hacerlo el Supremo. La víspera de ese juicio Reguant se enfrentaba, al igual que Baños, a una petición de seis meses de inhabilitación por la fiscalía de Madrid.

Sin embargo, ese día la fiscalía del Supremo presentó un nuevo escrito en el que pedía cuatro meses, que es a los que finalmente se enfrentará este miércoles ante la Sala Segunda del alto tribunal. Previsiblemente el ministerio público madrileño seguirá el criterio marcado por sus compañeros del alto tribunal con Baños, pero solo lo puede hacer al final del juicio, en el momento en el que eleve a definitivas o modifique su calificación provisional.

Fuentes jurídicas señalaron a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que ese es el único momento procesal en que el ministerio público puede proceder a cambiar su acusación, coincidiendo con el término del juicio, tras haber presenciado toda la prueba practicada. En el caso de Reguant se hizo antes, al pasar a manos de los fiscales de Sala, compuesto por los de máxima categoría de la carrera fiscal.