Dos años después
Borràs cede a la 'vía Torrent': similitudes y diferencias de su actuación ante la Junta Electoral
Torra se quedó sin su escaño cuando el Tribunal Supremo ya se había pronunciado sobre las cautelares, algo que no ha llegado a ocurrir con Juvillà
Júlia Regué
Responsable de la sección de Política.
Graduada en Periodismo y en Ciencias Políticas por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), ha desarrollado su carrera profesional en la sección de Política, donde se incorporó en 2016. Ha seguido la actualidad política del Parlament de Catalunya y el día a día de varios partidos. También ha colaborado en programas de TV3, Catalunya Ràdio y RAC1.
Laura Borràs estrenó la presidencia del Parlament aseverando que iba a desafiar al Estado y que no sucumbiría a las “injerencias” del Estado. Aquel 12 de marzo, en el auditorio de la Cámara catalana, pronunció un discurso envalentonado en el que ignoró a su predecesor, Roger Torrent. Pero, a un mes del primer aniversario en el puesto, y ante la condena judicial a un diputado, Borràs se ha encontrado en la misma tesitura que Torrent: elegir entre la desobediencia que ella enarbolaba –con consecuencias judiciales de por medio- o acatar, como ha sucedido.
En el camino, ha habido nuevas fórmulas, pero la orden de la Junta Electoral Central (JEC) se ha acabado imponiendo sin sentencia firme para los parlamentarios inhabilitados por el TSJC. Estas son las similitudes y las diferencias:
Las condenas y la intervención de la JEC
El entonces diputado y ‘president’ de la Generalitat, Quim Torra, se negó a descolgar una pancarta del Palau de la Generalitat y el cupero y secretario tercero de la Mesa, Pau Juvillà, no retiró unos lazos amarillos de su despacho en la Paeria de Lleida en 2019, cuando era concejal. Ambos acabaron inhabilitados por una condena por desobediencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). Torra, durante un año y medio; Juvillà, durante seis meses.
PP y Cs reclamaron a la JEC que retirara de forma inmediata la credencial de diputado al entonces 'president' y el Parlament presentó alegaciones para evitarlo. Torra comunicó a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que recurriría ante el TS para que suspendiera la resolución de la JEC. Pero la orden llegó el 3 de enero, bajo la presidencia de Torrent.
En el caso de Juvillà, Cs y PPC sumaron con Vox e hicieron pinza ante la JEC, que suspendió al cupero con fecha 20 de enero pese a las alegaciones del Parlament, una decisión que ratificó una semana después el órgano administrativo en respuesta a un escrito de Cs.
Recurso y dictamen en el pleno
Borràs y el resto de la Mesa de la Cámara catalana acordaron el 24 de enero que el recurso contencioso-administrativo que iba a presentar ante el Tribunal Supremo se votara en el pleno al día siguiente, antes de su formalización, ya que en el caso de Torra se votó a posteriori, cuando ya no tenía el acta, y después de que así lo reclamara el tribunal.
A diferencia del caso Torra, el cupero usó un resquicio legal amparándose en una sentencia del Tribunal Supremo sobre el ‘expresident’ en la que se indica que la competencia para decidir los efectos de condición de un diputado que se puedan derivar de una inhabilitación sin sentencia firme es del Parlament y, en caso de "inactividad", de la JEC. Para anular la posibilidad de que se impusiera la JEC, se convocó la comisión del estatuto de los diputados y se elaboró un dictamen que se votó en el pleno el 17 de diciembre en defensa del escaño de Juvillà.
Tras el segundo pronunciamiento de la JEC, que confirmaba la retirada del acta, Borràs quiso que se celebrara de nuevo esta comisión –con un nuevo dictamen- y que se votara nuevamente en el hemiciclo, como sucedió el jueves. Todo esto, dentro de una propuesta en la que quería suspender la actividad parlamentaria y que acabó siendo una desconvocatoria de comisiones por falta de quórum al no asistir los independentistas.
Los funcionarios y el voto de los inhabilitados
En el mandato de Borràs, el dictamen aprobado por la comisión del estatuto de los diputados y ratificado en el pleno sostiene que Juvillà sigue siendo diputado, aunque no pueden mantenerle sus funciones si impactan con el trabajo del cuerpo funcionarial, fijando así posibles consecuencias judiciales para la plantilla como el “límite a la desobediencia”.
Bajo la presidencia de Torrent, fue el secretario general del Parlament, Xavier Muro, como responsable de la administración parlamentaria, quien dio instrucciones a los servicios de la cámara para que se ejecutara la orden y se hizo efectiva la pérdida de la condición de diputado de Torra, que se mantuvo como 'president' hasta el veredicto final del TS. De hecho, desconectó el botón de voto.
En el caso Juvillà, Borràs también llegó a este punto, pero, antes, rechazó la petición de delegación de voto del cupero, solicitada debido a la dificultad de continuar con la actividad parlamentaria con normalidad por su cáncer, alegando un “conflicto de intereses” porque el único punto que se votaba era el dictamen, aunque tampoco lo había convocado al pleno ni a la Junta de Portavoces.
De hecho, el Parlament colgó el jueves en su web que Juvillà no era diputado desde el 28 de enero, un día después de la ratificación de la JEC, aunque Borràs y el independentismo defendieran públicamente que si lo era, y la secretaria general Esther Andreu ordenó que se pusiera ya en marcha la suspensión del diputado para cumplir con la JEC. En el pleno, se votó a mano alzada al estar desconectados los sistemas de votación.
Bajo la batuta de Torrent sí hubo pronunciamiento del Tribunal Supremo antes de retirarle el acta, pero en el caso Juvillà la JEC ya ha dado por firme su sentencia por vía administrativa y se ha ejecutado sin la resolución de la petición de medidas cautelares del Parlament. La ejecución de la inhabilitación ha sido todavía más rápida que dos años atrás.
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