Crisis migratoria

Dos juzgados de Ceuta ordenan parar las devoluciones de niños migrantes

Uno de los autos judiciales recuerda que no se puede repatriar menores sin "observancia estricta de la legislación española"

Cuarta jornada en Ceuta de repatriación de los menores que llegaron en mayo

Cuarta jornada en Ceuta de repatriación de los menores que llegaron en mayo / Antonio Sempere

Juan José Fernández

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Las devoluciones de menores marroquís acogidos en Ceuta no cuentan, de momento, con el refrendo de la justicia, que este lunes ha ordenado por partida doble parar la operación de lo que Interior llama "retorno acordado" de los niños migrantes. El Juzgado de lo Contencioso 1 de la ciudad autónoma, en funciones de guardia, ha emitido un auto suspendiendo "la actuación material dirigida a la repatriación de los menores no acompañados que aún no han sido devueltos a Marruecos". En la misma jornada, el Juzgado de Instrucción 2 de Ceuta ordenaba parar la repatriación de otro grupo de menores hasta que al menos en 72 horas Interior y el Gobierno ceutí aporten documentos que justifiquen levantar la suspensión.

El auto del juzgado 1, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, ha sido firmado después de que, en la mañana de este lunes, la cifra de menores devueltos por la frontera ceutí del Tarajal haya ascendido ya a 60 con un nuevo envío de un grupo de 15 Contra esta resolución judicial no cabe recurso. Es el principal obstáculo que se interpone en este momento ante las actuaciones de Interior y el Gobierno de Ceuta, emprendidas tras acuerdo entre los ejecutivos de España y Marruecos.

Después de preguntar al jefe superior de la Policía Nacional en Ceuta, el juzgado 1 considera "acreditado" que "ni se ha incoado expediente administrativo, ni se ha dictado resolución alguna en relación a al repatriación de los menores". El juez recuerda en sus razonamientos jurídicos que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Extranjería y el Real Decreto que la desarrolla, es de "preceptivo cumplimiento la notificación de la incoación del procedimiento al menor, al Ministerio Fiscal y a la entidad que ostenta su tutela, custodia, protección provisional o guarda, a fin de que en un plazo de diez días puedan realizar las alegaciones que considere oportunas".

En este proceso que lleva produciéndose desde el pasado viernes, "ni se ha tramitado, cumpliendo con los referidos trámites de obligado cumplimiento el procedimiento administrativo, ni consta resolución expresa sobre dicha cuestión respecto a cada uno de los menores exigible en nuestra legislación", dice el auto judicial.

Sus razonamientos jurídicos tienen en cuenta que la base legal que esgrime Interior, el acuerdo bilateral de 2007 entre España y Marruecos para la devolución de menores migrantes no acompañados, no tiene suficiente entidad y, además, obliga a las autoridades a resolver acerca del retorno "con observancia estricta de la legislación española". Esta frase aparece en el auto en negrita y subrayada.

Fallos conectados

Del segundo fallo judicial ordenando la suspensión de este proceso de devoluciones ha informado la vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta, Mabel Deu, quien ha explicado que el juzgado de Instrucción 2 había rechazado una petición de habeas corpus presentada por cinco adolescentes a los que ya se les había dicho que iban a ser devueltos.

Los chicos argumentaban detención ilegal para describir técnicamente su situación. La titular del Juzgado de Instrucción ha rechazado ese argumento por no considerarlo fundado. Se trata de la misma magistrada que este domingo, estando de guardia, no dictó la suspensión de la salida de otros siete niños por haberse ya realizado y carecer de efectos prácticos su decisión.

No obstante, el juzgado se ha conectado a la petición de suspensión cautelar emitida horas antes por el Contencioso 1 de Ceuta, considerando su argumental en torno al caso de 9 muchachos y haciéndola extensiva a todo el proceso.

Petición cautelar

El juzgado 1 ha actuado por vía de urgencia, después de que este domingo otro juzgado de Ceuta no pudiera adoptar una medida cautelar de suspensión de la repatriación de siete menores porque los muchachos a los que se refería la solicitud ya habían sido extraídos del territorio español. La medida fallida había sido pedida desde Madrid por la Coordinadora la de Barrios para el Seguimiento de Menores.

Ante todo lo visto, concluye el auto, "la única decisión posible es ordenar la suspensión de la actuación de facto adoptada por la Administración". El fallo judicial estima una nueva petición de suspensión cautelar presentada por la Coordinadora de Barrios y por la Fundación Raíces, entidades ambas atentas a las circunstancias de la acogida de menores extranjeros no acompañados.

Las dos ONG habían pedido a la justicia la suspensión de la repatriación de 12 adolescentes marroquís. El auto llega tarde, reconoce el juzgado : "De los doce menores afectados, se tiene conocimiento a través de la información suministrada por la Policía Nacional y el ministerio fiscal que consta en el procedimiento, que se han expulsado a tres de los doce menores". La elección del verbo no parece casual: ni retornado ni repatriado, sino "expulsado".

La fiscalía no había presentado oposición a la medida cautelar. El Gobierno de España y el de Ceuta tienen ahora tres días para hacer alegaciones. En Ceuta quedan en albergues cerca de 680 niños filiados por el gobierno local, y más de medio millar escondidos en bosques o vagando por las calles.