La judicialización del 'procés'
Así funcionará el enrevesado fondo del Govern ante el Tribunal de Cuentas
El mecanismo genera dudas legales pese a que la Generalitat no avalará directamente a los afectados
Jose Rico
Coordinador de las secciones de Política, Internacional y Economía
Castellón, 1984. Periodista de El Periódico desde 2007
El Govern ha creado un fondo para ayudar a los exaltos cargos de la Generalitat a quienes el Tribunal de Cuentas reclama fianzas por un importe total de 5,4 millones de euros por haber promocionado el 1-O en el extranjero usando, supuestamente, dinero público.
El 'conseller' de Economia, Jaume Giró, ha defendido la "solidez jurídica" de este mecanismo y ha descartado que se pueda acusar a la Generalitat de malversación por auxiliar a los 34 dirigentes del 'procés' porque en ningún momento habrá "desplazamiento patrimonial".
Estas son las claves y las incógnitas que arroja el decreto de la Generalitat.
10 millones de euros
La ayuda, bautizada como Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya, está dotado con 10 millones de euros y a él se puede acoger todo funcionario al que se pidan responsabilidades legales por actividades relacionadas con su cargo, si cumple ciertos requisitos. El 'conseller' de Economia, Jaume Giró, ha aclarado que el montante saldrá de los presupuestos de la Generalitat, aunque no ha especificado de qué partida en concreto.
No es un aval directo
Los afectados pedirán la ayuda al Institut Català de Finances y este, tras comprobar que cumple las condiciones, prestará el dinero a una entidad bancaria para que avale al solicitante. Es decir, la Generalitat no avala directamente. El funcionamiento se asemejará al de un seguro privado y será una entidad financiera (aún por concretar) la que avale las fianzas, con este contraaval.
Condena firme
Si el procedimiento judicial o administrativo finaliza con una sentencia condenatoria firme –en este caso sería cuando fallase el Tribunal Supremo en caso de recurso–, la Generalitat reclamará a los afectados el retorno del dinero.
Devolución en diferido
La devolución de los fondos se reclamaría cuando finalizasen todas las instancias judiciales, españolas o europeas, aun cuando en el caso del Supremo exigiese el pago inmediato a los condenados. Es esa dilación temporal entre la hipotética condena por parte del Supremo y la exigencia de devolución del dinero la que genera dudas sobre su encaje legal.
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