Polémica prohibición

El Gobierno vasco avisa: los contagiados que voten cometerán un delito

Ordizia montará mesas electorales al aire libre e incrementará la seguridad

Ordizia montará mesas electorales al aire libre e incrementará la seguridad. / periodico

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La Junta Electoral Central (JEC) ha dado la razón al Gobierno vasco y los contagiados de coronavirus no podrán votar este domingo en las elecciones. Es más, según ha informado el Ejecutivo vasco esta mañana, las alrededor de 160 personas adultas con Covid-19 en Euskadi cometerán delito contra la salud publica, que podrá ser penalizado, si acuden a las urnas este 12-J.

De este modo, la JEC pone el derecho a la salud como prioritario, pero le insta a usar "todas las medidas necesarias para garantizar la efectividad del derecho de sufragio, preservando la salud de los ciudadanos". Así lo ha resuelto ante la polémica por la prohibición de que las personas con coronavirus vayan este domingo a votar.  La JEC avala las medidas del Gobierno vasco para "evitar la propagación" del coronavirus que, en su opinión, busca "salvaguardar el derecho a la vida" de la ciudadanía tras el recurso de Elkarrekin Podemos-IU contra los dos acuertos de la Junta Electoral vasca, con los que la formación pedía eliminar la prohibición de voto a los contagiados. 

Elkarrekin Podemos impugnó los acuerdos del 9 y 10 de julio de la Junta Electoral vasca, que desestimó el pasado jueves una petición de EH Bildu en la que la coalición pedía medidas especiales para poder votar en Ordizia, y se ratificó en su decisión el viernes. En su escrito, Elkarrekin Podemos pidió habilitar las medidas necesarias para que todas las personas con derecho a voto puedan acceder, en condiciones de seguridad sanitaria, a su derecho fundamental.

En su escrito, Elkarrekin Podemos pidió habilitar las medidas necesarias para que todas las personas con derecho a voto puedan acceder, en condiciones de seguridad sanitaria, a su derecho fundamental. Ahora, en su respuesta a esta petición, la JEC considera que la petición de Elkarrekin Podemos incide en una cuestión "analizada y resuelta" el pasado 9 de julio e insiste en la "eficacia y la validez" de ese acuerdo. Además, subraya que este mismo sábado el Tribunal Supremo rechazó una petición cautelarísima solicitada para las elecciones gallegas.

La JEC argumenta que "no existen datos que permitan entender que las medidas adoptadas por la administración de la comunidad autónoma del País Vasco tengan como fin último el privar a las personas de su ejercicio del derecho al voto, sino que, de manera motivada, proporcionada y adecuada, responden a la finalidad de salvaguardar otro derecho fundamental esencial, el derecho inviolable a la vida e integridad física de las personas".

No obstante, la JEC recuerda al gobierno vasco la necesidad de que mantenga "con especial cuidado todas las medidas necesarias para garantizar la efectividad del derecho de sufragio, preservando la salud de los ciudadanos".

Además, recoge Efe, quienes estén pendientes de conocer el resultado de una PCR deberán esperar a recibir la comunicación del Departamento de Salud y si es negativo podrán votar y si es positivo, no. Sí podrán acudir a las urnas los contactos estrechos de infectados pero con PCR negativa que están en aislamiento preventivo, aunque lo deberán hacer con medidas de extrema seguridad, preferentemente con el voto preparado en casa. 

También en Galicia

La polémica por las elecciones autonómicas en el contexto de la pandemia también está presente en Galicia. El Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelarísima solicitada por la coalición electoral Galicia en Común-Anova Mareas contra la decisión de la JEC de mantener la votación de este domingo en la comarca de A Mariña, afectada por un brote de coronavirus.

El auto de la sección cuarta de la sala de lo contencioso del Supremo responde a una solicitud de la coalición que encabeza Antón Gómez Reino (Podemos) contra la resolución de la JEC que acordó mantener los comicios gallegos de este domingo en la comarca lucense. Según el alto tribunal, "el examen de la cautela solicitada pone de manifiesto su carácter absolutamente genérico e indeterminado" y no hay en su escrito "una verdadera pretensión cautelar", por lo que la sala cuarta resuelve desestimar la medida cautelarísima solicitada.

El pasado jueves la JEC se sumó a la resolución emitida por la Junta Electoral de Galicia para respaldar su decisión de que se pueden celebrar las elecciones en A Mariña. La JEC desestimó los recursos interpuestos por varias formaciones, entre ellos los de la coalición gallega que ha recurrido al Supremo, al entender que las medidas adoptadas por la administración garantizan "unas condiciones adecuadas de circulación para poder acudir a votar". 

Una resolución que este sábado también avala el Tribunal Supremo al desestimar el recurso de la formación política que sostiene que "no procede" abrir la pieza de medidas cautelares porque el recurso de Galicia en Común no pide ninguna en concreto y por lo tanto "carece de sentido oír a la Junta Electoral Central al respecto".

Desde el pasado 24 de junio persiste un brote de la pandemia en A Mariña, la zona costera de Lugo, con 203 casos activos de contagio de coronavirus, según ha informado este sábado la Dirección General de Salud Pública de Galicia.