JUICIO DEL 'PROCÉS'

La abogada del Estado: "La violencia no fue parte del plan de los acusados"

La Abogada del Estado Rosa María Seoane.

La Abogada del Estado Rosa María Seoane. / periodico

Ángeles Vázquez

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La abogada del Estado Rosa María Seoane defendió ante el tribunal su acusación por sedición frente a la de rebelión por la que optó la fiscalía, que llamó "golpe de Estado" lo ocurrido en Catalunya. Para marcar una distancia entre ambas acusaciones los Servicios Jurídicos del Estado prácticamente le hicieron el trabajo a la defensa, ya que negó la violencia en que se habían basado sus compañeros de banquillo hasta llegar a afirmar que ni siquiera "fue un elemento estructural del plan de los acusados". 

Explicó que la sedición es "impedir la aplicación de la ley o su cumplimiento", siempre que se haga con un alzamiento público y tumultuario, "gregario, anárquico", como en su opinión ocurrió en Catalunya el 1 de octubre, "por parte de más de dos millones de personas". 

A continuación detalló que "no se puede equiparar violencia con el uso de la fuerza y la intimidación debe ser, además, violenta", para poder ser rebelión, en vez de sedición. "Para que un alzamiento público tenga una violencia característica de la rebelión, la violencia o la amenaza de emplearla debe estar prevista como un elemento nuclear y que la violencia sea idónea, suficiente o proporcionada para conseguir el resultado del delito", sostuvo.

"A juicio de esta representación, con la prueba practicada no podemos considerar probado que el uso de la violencia haya sido estructural al plan llevado a cabo por los acusados, para el fin" buscado con el delito, una afirmación que significó un ataque directo a la base de la acusación fiscal y que solo le dejó abierta la puerta de que admitió que será la Sala quien "determine cuánta violencia se exige para ser rebelión". 

20-S y 1-O

Y se entretuvo tanto en justificar la ausencia de violencia que casi no le queda tiempo para referirse a la malversación, delito que justificó su personación en el procedimiento. De hecho, para la sedición solo se refirió explícitamente al 1 de octubre. En el 20-S se limitó a atribuir a los líderes de las entidades soberanistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart que se subieran a los vehículos de la Guardia Civil "no para que se les oyera mejor, sino para alentar a las masas".

En su opinión, evidencia no tanto que se quisiera evitar el registro que se realizaba de la operación Anubis, sino la capacidad de movilización de los presidentes de la Assemblea Nacional Catalana y de Ómnium Cultural.

Hasta ese momento no había ido más allá de afirmar que "no hay más legitimidad que la defensa de la Constitución" y que toda la actuación de los acusados "carecía de legitimidad alguna", porque su informe consistió en una enumeración de los "hitos" del procés, práctica en la que luego le relevó la acusación popular que ejerce Vox.

Comparación indebida

Su abogado Pedro Fernández señaló que los acusados "pretendieron culminar el más sofisticado proceso golpista que jamás se ha producido en una sociedad moderna" y que por ello "no puede equipararse con otros procesos golpistas del pasado", porque su "comparación de los hechos con situaciones de violencia del pasado resulta indebido".

Sostuvo que para ello se aprovecharon de "su posición de cargos públicos" para desencadenar "dos situaciones de violencia concreta y determinada que llevaron a la consumación del delito de rebelión: el 20 de septiembre y el 1 de octubre". A su juicio: "Los acusados golpistas no respetaron a los ciudadanos de Catalunya", porque señalaron "a los españoles que viven en Catalunya segregando a catalanes de primera y de segunda".

Por su parte, Javier Ortega, que no perdió la oportunidad de destacar el honor que sentía por dirigirse a la Sala Segunda, destacó los escraches a los agentes y los cortes de vías de calles y vías, "en los tumultos" en los que también participaron los altos cargos de la Generalitat que están imputados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona. Concluyó pidiendo al tribunal "unas penas acordes a la gravedad del delito con la finalidad disuasoria para que nadie más se atreva a atentar contra el orden constitucional".