TRES DELITOS FISCALES

La Audiencia de Madrid se declara competente para juzgar a Xabi Alonso

El juicio se celebrará en octubre después de suspenderse en enero por las dudas del tribunal sobre su capacidad para celebrarlo

Xavi Alonso, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Madrid

Xavi Alonso, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Madrid / periodico

Europa Press

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El exfutbolista Xabi Alonso volverá a sentarse el próximo octubre en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Madrid después de que el pasado enero se suspendiera el juicio en el que iba a ser juzgado por tres delitos contra la Hacienda Pública durante los ejercicios fiscales de 2010, 2011 y 2012 por las dudas del tribunal respecto a su competencia, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Ahora, los magistrados de la Sección 30 han comunicado a las partes del proceso, entre ellos al abogado del entrenador, que es competente para juzgar los tipos delictivos que se le imputan. De este modo, respalda la postura de la Fiscalía de Madrid y de la Abogacía del Estado, que se mostraron contrarios a que la causa pasara a un Juzgado de lo Penal.

El pasado enero, Alonso se sentó durante unos minutos en el banquillo. Pero finalmente la vista se suspendió hasta que se resolviera las dudas sobre la competencia en relación a la aplicación de la reforma del Código Penal en uno de los tres delitos fiscales de los que se le acusa.

El fiscal recordó en la vista que el Código Penal anterior a la reforma del 2012 prevé una pena de tres a cinco años. Tras la suspensión, el ahora entrenador español mostró su "confianza" en que la Justicia le absolverá y adelantó que no quería llegar a un acuerdo con la Fiscalía ante su "convicción" de ser exonerado del caso.

Cinco años de prisión

La Fiscalía de Madrid solicita cinco años de prisión cinco años de prisiónpor la comisión de tres delitos contra la Hacienda Pública durante los ejercicios fiscales de 2010, 2011 y 2012. El representante del Ministerio Público reclama la misma pena para el asesor fiscal Izan Zaldúa Azcuenaga y para el administrador de la sociedad Kardazli Comercio Servicios de Consultoría e Investiremos LEDA.

A cada uno de ellos, además, les exige el pago de una multa de 4 millones de euros y en concepto de responsabilidad civil les pide el abono de forma conjunta y solidaria de 2.032.845 euros a la Agencia Tributaria, esto es, la cantidad total del perjuicio económico que provocó a la Administración Tributaria, más los intereses generados.

"Aparente" cesión de derechos de imagen

El escrito de la Fiscalía señala que a mediados de 2009 los tres acusados se pusieron de acuerdo para articular una "aparente" cesión de la explotación de los derechos de imagen del ex futbolista "con la intención de que el mismo obtuviera un beneficio fiscal ilícito". Así, el 9 de agosto de ese mismo año Alonso, asesorado de forma "efectiva" por Zaldúa, suscribió un contrato por el que simulaba la cesión de la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali ubicada en Madera y cuyo administrador era Maestre.

Dicha mercantil, en la que Maestre ocupaba también desde el 16 de abril el cargo de gerente, pertenecía a una sociedad residente en Panamá de la que Alonso era el titular del cien por cien de las participaciones sociales desde el 16 de diciembre del 2009.

Para la Fiscalía la "aparente" cesión de los derechos de imagen se realizó cuando el ex futbolista gozaba de su condición de "no residente" en España, "si bien mantuvo dicha estructura formal" durante los años siguientes y, "al menos hasta 2012", teniendo durante ese tiempo la condición de residente fiscal español.

Sociedad instrumental

Entre el 2009 y el 2012 Alonso, según la Fiscalía, explotó su imagen a distintas empresas que le contrataban con la ayuda de los otros dos acusados sin hacer "uso real" de la sociedad que se encontraba en Madera "convirtiendo dicha entidad en un mero instrumento formal de ingresos y pagos que no desarrolló función alguna en la explotación de la imagen del acusado".

De este modo Kardazli Comercio Servimos de Consultoría e Investiremos LEDA. percibió entre los ejercicios 2010-2012 un rendimiento de actividades económicas "aparentemente" derivado de la explotación de los derechos de imagen de Alonso de 2.083.400 euros que debieron integrarse en la base imponible del IRPF de los ejercicios correspondientes. Ello supuso un perjuicio a la Administración Tributaria de 2.032.845 euros.