Puigdemont, ¿un 'expresident' sin sueldo?
El exjefe del Govern tiene derecho a cobrar el 80% de su salario como 'president', pero deberá solicitarlo a la Moncloa
La ley del estatuto de los expresidentes de la Generalitat señala que un exjefe del Govern, como el destituido Carles Puigdemont, podría cobrar una asignación correspondiente al 80% de su salario como presidente. Sin embargo, esa remuneración no tiene carácter automático, sino que debería solicitarla expresamente por los cauces oficiales. Y como ahora las riendas del Ejecutivo catalán están en manos de Mariano Rajoy, la obtención de esta prebenda está ahora mismo en el aire.
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La intervención de la Generalitat abre una incógnita sobre si tendría o no derecho a este privilegio, ya que ha sido destituido en el cargo tras una serie de actos de desobediencia a la Constitución y el Estatut, que culminaron el pasado viernes con la declaración unilateral de independencia en el Parlament.
Los expresidentes autonómicos pueden disfrutar de ciertas prerrogativas al dejar su cargo, si bien depende de cada comunidad, y en algunas se establece la posibilidad de formar parte de los consejos consultivos. En el caso de Catalunya, aparece regulado en una ley del 2003 que impulsó Jordi Pujol pocos meses antes de abandonar la presidencia.
En su primer artículo, señala que los expresidentes de la Generalitat "disfrutan a partir de su cese del reconocimiento, atención y apoyo debidos, de acuerdo con las funciones y responsabilidades ejercidas". Esta norma fue modificada en junio del 2015 con el objetivo de que el Parlament pudiera revocar derechos si han dejado de ser "honorables", a raíz de la confesión de evasión fiscal del 'expresident'.
El 80% del salario
Además, esa misma normativa establece que los 'expresidents' "tienen derecho a percibir, por un período equivalente a la mitad del tiempo que han permanecido en el cargo y, como mínimo, por una legislatura, una asignación mensual equivalente al 80% de la retribución mensual que corresponde al ejercicio del cargo" de jefe del Govern.
En el caso de Puigdemont, su sueldo público como 'president' ascendía a unos 140.000 euros brutos anuales, por lo que en caso de que solicitarlo y ser aceptado podría tener derecho a percibir una asignación aproximada de 112.000 euros anuales, algo más de 9.000 euros brutos al mes.
Fuentes de la Moncloa han señalado a Europa Press que el cesado 'president' debería solicitar expresamente esa remuneración, algo que creen que "no se atreverá" a hacer. Pero si se atreviese, dado que ha sido Rajoy quien ha cesado al Govern y ha disuelto el Parlament, sería el Gobierno central el que tendría que decidir sobre ese sueldo de 'expresident'.
Incompatibilidades y prerrogativas
Según la citada ley catalana, esa asignación es incompatible con el desempeño de un cargo público, con un trabajo o actividad en el ámbito público o privado y con la participación en consejos de administración de empresas públicas o privadas.
En cuanto a las prerrogativas como despacho, coche oficial o despacho, la norma autonómica indica que "corresponde al Govern regular el régimen estatutario de los expresidentes de la Generalitat, determinar los medios personales y materiales que deben ponerse a su disposición, establecer el régimen de precedencias que correspondan en los actos públicos a que asistan y adoptar los servicios de seguridad que se consideren necesarios".
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