ORDENANZA MUNICIPAL DE TRANSPARENCIA

Los concejales de Madrid no podrán recibir más de tres regalos al año

Manuela Carmena sale del Ayuntamiento de Madrid, el pasado 15 de junio, su primero como alcaldesa.

Manuela Carmena sale del Ayuntamiento de Madrid, el pasado 15 de junio, su primero como alcaldesa.

El Periódico / EP / Madrid

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Los concejales de los cuatro grupos del Ayuntamiento de Madrid tendrán que publicar su agenda y los regalos protocolarios que reciban desde el próximo 17 de agosto, cuando entre en vigor la ordenanza de Transparencia, aprobada hace ahora un año.  Además, los obsequios considerados muestras de cortesía no podrán superar los 50 euros y no se podrán aceptar más de tres de una misma persona física o jurídica al año.

En esa comisión también estará presente el Consejo Estatal de Transparencia y el futuro director de la Oficina municipal contra la Corrupción. Entre todos decidirán las sanciones a imponer a quienes no cumplan con las obligaciones que marca la ordenanza, que incluso pueden llegar a proponer el cese de directores generales.

Las agendas

En este momento, a poco más de tres semanas para que la publicación de las agendas de los ediles sea obligatoria, tres de los cuatro grupos (Ahora Madrid, PSOE y Ciudadanos) ya las hacen públicas en la web municipal.

El PP tendrá que hacerlo desde el 17 de agosto si sus concejales no quieren ser apercibidos públicamente por parte de la comisión de seguimiento de la ordenanza, en la que la oposición tiene mayoría. "Tendrían un reproche político, ha explicado el delegado de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, Pablo Soto

Medidas de la ordenanza

"Los regalos no se aceptan, no se pueden percibir regalos que se salgan de los usos sociales (protocolarios) porque eso entra directamente en el Código Penal: es delito aceptar un regalo en función de tu cargo", ha destacado Soto.

Los contratos, también los menores, actualizados, la trazabilidad de las decisiones con la huella normativa, que ya se ha empezado a publicar, la reutilización de la información municipal sin necesidad de autorización previa y de forma gratuita, las demás obligaciones de publicidad activa, etc.