EL 'CASO COOPERACIÓN'
Prisión provisional eludible con fianza de 200.000 euros para el exconsejero Blasco
El tribunal superior de justicia valenciano le retira el pasaporte y le ordena comparecer semanalmente ante el riesgo de fuga

Prisión provisional eludible con fianza de 200.000 euros para el exconsejero Blasco / periodico
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) teme que Rafael Blasco, el exconsejero de Solidaridad y Ciudadanía condenado a 8 años de cárcel por la primera pieza del conocido como 'caso Cooperación', se fugue de España. Por eso, el TSJCV ha decretado este martes el ingreso en prisión eludible con una fianza de 200.000 euros para el que fue considerado el "promotor" del desvío de subvenciones de 1,5 millones de euros que debieron ir a ayudas para desarrollar proyectos de cooperación en Nicaragua.
Además de la prisión provisional, los magistrados de la sala han acordado también la retirada del pasaporte del otrora peso pesado del PP valenciano, la prohibición de salir de España y la obligatoriedad de presentarse en el TSJ "semanalmente".
El tribunal da a Blasco, condenado por los delitos de malversación, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad documental, 48 horas para depositar la fianza.
Posible ocultación
Para llegar a este acuerdo sobre las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía Anticorrupción, lo magistrados del TSJCV expresan en el auto de resolución que Blasco "ha sido considerado como el principal promotor de estos hechos, lo que no solo hace su conducta más grave aún si cabe, si no que le confiere un especial dominio del hecho, así como una serie de contactos y relaciones que pudieran facilitar una eventual elusión" de la justicia. Apunta, asimismo, que "pese a que la investigación llevada a cabo no se le ha encontrado un especial patrimonio acorde a la posición que cabe presumirle, hace pensar en alguna suerte de ocultación, de la que pudiera seguirse algún intento de elusión de la acción de la justicia".
Anticorrupción había pedido para Blasco el ingreso en prisión provisional o, alternativamente, que depositara una fianza de 2 millones de euros, alertando al tribunal del riesgo de fuga del condenado.
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