Ágora
Jesús M. Sánchez

Jesús M. Sánchez

Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

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El problema de la ocupación ilegal de viviendas en Catalunya

Cuando una familia ve usurpada una vivienda de su propiedad por las ocupaciones delincuenciales, entonces se convierte en una familia desprotegida

Catalunya lidera las ocupaciones en 2023 y suma más casos que las tres comunidades autónomas siguientes juntas

Críticas generalizadas en el sector inmobiliario a la ley de vivienda y el limite a la renta del alquiler

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Archivo - Piso, pisos, vivienda, viviendas, casa, casas, alquiler, compra, hipoteca, hipotecas, euribor, construcción, grúa, grúas / EUROPA PRESS - Archivo

“Catalunya ha tenido en 2023 más 'okupaciones' de viviendas que la suma de Andalucía, Comunitat Valenciana y la Comunidad de Madrid”. En enero este mismo diario se hacía eco de esta inquietante afirmación, que nos aboca a reclamar urgentemente una regulación para paliar este fenómeno. Cuando se produce un clamor social para regular una situación anómala, lo que espera la ciudadanía de los poderes públicos es que tomen medidas para erradicarla.

Eso fue lo que sucedió en 2008, con la intención de proteger de los 'morosos profesionales' a las familias que dependían de un alquiler. La entonces ministra de Vivienda, Carme Chacón, fomentó la creación de diez nuevos juzgados de primera instancia y propuso modificar la ley de Enjuiciamiento Civil. Ello desembocó en la ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler, llamada injustamente “ley del desahucio express”.

Nada tiene que ver con la situación actual. Son realidades muy distintas; sin embargo, el bien jurídico protegido es el mismo: el derecho constitucional a la propiedad, comprendido en el artículo 33 de nuestra Carta Magna y en el artículo 17 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 

Atendiendo a la función social que define nuestra profesión, desde el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) hemos presentado una nueva propuesta legislativa sobre ocupación delincuencial.

Ya en 2017, y a solicitud del Departament de Governació de la Generalitat de Catalunya, la abogacía de Barcelona trabajó intensamente en la propuesta legislativa que culminó en la ley 5/2018, de modificación de la ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la ocupación ilegal de viviendas. Desgraciadamente, esa importante reforma no ha servido para acabar con la okupación ilegal. Por el contrario, se ha consolidado como una flagrante anomalía social que urge de soluciones efectivas para tranquilidad de la ciudadanía.

Es indudable que cualquier propuesta legal pasa por poner especial énfasis en la protección de las personas vulnerables y en situación de exclusión social. Así lo prevé acertadamente la ley 12/2023 por el derecho a la vivienda y, como no puede ser de otra forma, también la legislación catalana. El énfasis está centrado en la función social de la propiedad y la protección de las familias desfavorecidas. 

Más allá, cuando una familia ve usurpada una vivienda de su propiedad por las ocupaciones delincuenciales, entonces se convierte en una familia desprotegida, que requiere protección legal para salvaguardar su legítimo derecho a la propiedad. La vivienda que tanto esfuerzo le ha costado conseguir y que, en el mejor de los casos, tardará meses, incluso años, en recuperar su posesión.

La reforma que proponemos no persigue incrementar las penas de cárcel ni modificar el Código Penal. Lo que proponemos es modificar y adicionar un solo artículo de la ley de Enjuiciamiento Criminal para que se pueda adoptar una medida cautelar de desalojo en el plazo máximo de 48 horas, cuando los ocupantes del inmueble no acrediten que el legítimo titular les ha autorizado.

¿Qué sucede si hay ocupantes con especial vulnerabilidad? En ese caso, se pondría en conocimiento de los servicios sociales municipales, a efectos de adoptar las medidas oportunas para su protección, proveyendo en su caso las soluciones residenciales que procedan. Así es como funciona en países de nuestro entorno, donde lo único que persiguen es preservar el derecho a la legítima posesión ante conductas delincuenciales de usurpación de un inmueble. En nuestro país no pedimos nada más, pero tampoco nada menos. 

En este contexto, los juristas hemos tomado cartas en el asunto al presentar una ambiciosa propuesta legislativa destinada a combatir esta problemática. Este movimiento marca un paso decisivo para encarar este desafío social. La pelota está ahora en el tejado del poder legislativo, cuya responsabilidad es ineludible. 

La expectativa ciudadana es que nuestros representantes actúen con la necesaria sabiduría y diligencia para dar respuesta a este creciente clamor popular. La sociedad espera acciones concretas, soluciones duraderas a este complejo drama. Atiendan, pues, nuestras propuestas legislativas. Es de ley, es de justicia.