Opinión
Impuesto de patrimonio; detractores tanto en la derecha como en la izquierda
Eduardo López Alonso
Periodista.
Trabajo en El Periódico de Catalunya desde 1992, la mayor parte de ese tiempo en la sección de Economía. Ahora, en la sección Panorama que agrupa a Economía, Política e Internacional. Antes estuve en el diario ABC (Economía), Televisión Española (Economía), Grupo Recoletos (gratuitos locales) y en el ámbito de las televisiones locales (realizador). Licenciado en periodismo, diplomado en publicidad, máster de Información de Económica por la UAB y el Col·legi de Periodistas de Catalunya, cursé el doctorado de Económicas en la Universitat de Barcelona, pendiente de tesis doctoral ('Gestión de medios de comunicación en tiempos de crisis'). Autor del libro 'Las prejubilaciones del menosprecio'.
El impuesto sobre patrimonio tiene detractores tanto en la izquierda como en la derecha. Es uno de los impuestos más antipáticos para muchos, que evidencia algo contraintuitivo para la mayoría; que no es más rico el que más tiene sino el que más gana. Esa premisa, que algunos pueden considerar sorprendente, sirve para alertar de que ese impuesto que grava el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que se es titular, es en realidad una doble tributación con efectos redistributivos discutibles. Las políticas redistributivas tienden a ser más efectivas si utilizan sistemas mixtos que evalúen ingresos y patrimonio como un todo. En cualquier caso, el impuesto de patrimonio recauda en España en torno a 1.300 millones de euros (520 millones de ellos en Catalunya).
Tanto economistas conservadores como progresistas reconocen que el impuesto de patrimonio supone doble imposición ya que el IRPF ya grava ingresos y salarios, por lo que no parece justo en términos objetivos que se vuelva a pagar por lo ahorrado además de por las plusvalías. Ante esta situación, los umbrales del impuesto tienden a ser amplios y afectar a una pequeña parte de la población yevitar que contribuyentes de bajos ingresos se vean afectados por tener un patrimonio 'medio'. En Catalunya, deben declarar en el impuesto de patrimonio aquellos contribuyentes cuyo valor de los bienes o los derechos sea superior a los dos millones de euros. En la práctica, alguien con un patrimonio de unos tres millones de euros pagará unos 30.000 euros en Catalunya cada año. Y en Madrid nada.
La eliminación del impuesto de patrimonio en Andalucía es una ofensiva ideológica del PP ante las políticas fiscales de izquierdas que abogan por ingresos altos de la Administración para mejorar los servicios públicos. Pero incluso desde una óptica de izquierdas, el impuesto del patrimonio se considera que tiene un efecto de segunda ronda indeseable, que es que el afectado intentará siempre repercutir esos costes añadidos de sus activos en decisiones que perjudican a la economía en general, por ejemplo con recortes de salarios o menor inversión. Pero el buen juicio aconseja eludir cambios en materia fiscal en tiempos de crisis, evitar batallas fiscales autonómicas y mantener ingresos para la Administración que benefician a la mayoría.
La denominada contraintuición del patrimonio consiste en que es posible que algunas personas, pocas, con muchas posesiones inmobiliarias pueden no generar recursos (y tienen que pagar el impuesto), por lo que el pago deriva al final en inmuebles con menor mantenimiento, por ejemplo. La disociación entre patrimonio e ingresos abre la puerta a desequilibrios que el impuesto agrava. Quizá sea esa la razón por lo que el impuesto de patrimonio es una rareza entre los países de la OCDE.
Otro impuesto polémico es el de sucesiones. Principalmente porque allí donde se aplica supone un varapalo serio para los herederos como es obvio. Si dos sobrinos heredan de su tío o tía en Catalunya, la herencia deberá dividirse a grosso modo entre tres. El tercero es el erario. En el caso de Madrid o Andalucía, los herederos se repartirán el patrimonio entre dos. Entre las grandes fortunas existen mecanismos más o menos sofisticados para minimizar el impacto fiscal en los herederos, aunque el consejo de trasladar la residencia fiscal supone normalmente solventar la situación de manera drástica y efectiva. Batalla fiscal autonómica.
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