La distorsión de la autonomía
La forma y el fondo del mensaje de la señora Díaz Ayuso no son una sorpresa, aunque llama la atención la indiferencia que suscita un desafío verbal a la legalidad tan obvio
Xavier Arbós
Catedrático de Derecho Constitucional (UB). Comité Editorial de EL PERIÓDICO
Queda poco para que entren en vigor algunas de las medidas de ahorro energético dictadas por el Gobierno en el decreto ley del pasado 1 de agosto. Son disposiciones impopulares, porque establecen restricciones al uso del aire acondicionado y a la iluminación de los escaparates. Su simple anuncio suscitó una reacción inmediata de la presidenta de la Comunidad de Madrid, afirmando que esas medidas no se iban a aplicar.
La forma y el fondo del mensaje de la señora Díaz Ayuso no son una sorpresa, aunque llama la atención la indiferencia que suscita un desafío verbal a la legalidad tan obvio. Si algo parecido hubiera sido dicho por autoridades autonómicas de otro signo, intuyo que se hubieran multiplicado las llamadas a la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Recordemos que el precepto se puede aplicar cuando una comunidad autónoma incumpla la Constitución o las leyes, o atente de manera grave contra el interés general de España.
Evidentemente, las manifestaciones de la presidenta de la Comunidad de Madrid no equivalen por sí mismas al incumplimiento del decreto ley, y, por tanto, no constituyen un supuesto de hecho que pueda justificar la aplicación del artículo 155. Por otra parte, otras declaraciones han reconducido el conflicto a un terreno institucional. El decreto ley se va a cumplir, aunque se recurrirá ante el Tribunal Constitucional para defender las competencias de la Comunidad. La exposición de motivos de la norma detalla los títulos competenciales del Estado, pero, por la complejidad de la misma, cabe suponer que los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid encontrarán elementos para hacer valer sus pretensiones. Por ejemplo, la invocación de competencias estatales de carácter básico para medidas tan concretas como la determinación concreta y uniforme de temperaturas de climatización.
Todo parece ahora encarrilado, pero no debemos minimizar la importancia de las primeras manifestaciones de la señora Díaz Ayuso. En primer lugar, por ser una muestra del populismo que hemos conocido en Catalunya durante el 'procés': la idea según la cual las leyes que se consideran injustas no hay que cumplirlas. Eso puede ser la justificación moral de un objetor de conciencia, que asuma las consecuencias de su conducta, pero nunca una opción de las autoridades públicas. Porque el criterio de lo que es justo o conveniente no es monopolio de nadie. Es más, en toda sociedad habrá múltiples puntos de vista sobre la mayoría de las normas, y a ninguno de ellos se le reconoce carta blanca para incumplirlas.
En segundo lugar, porque las manifestaciones de la presidenta de la Comunidad de Madrid dan una versión distorsionada del Estado de las autonomías. Se ignora la distribución de competencias, como si fuera un tecnicismo que no debe interponerse en el camino de la decisión que se considera correcta. Esa perspectiva tiene una versión centralizadora, pero también otra propia de un autonomismo mal entendido, como el de la señora Díaz Ayuso. Que tiene un fondo histórico, que se remonta a los inicios del federalismo en los Estados Unidos.
Ese país es el ejemplo del llamado 'federalismo de agregación': entidades políticas independientes acuerdan formar una unión permanente, basada en una constitución federal. En los primeros años, sin embargo, tuvieron predicamento las doctrinas que defendían que un estado miembro podía decidir unilateralmente no aplicar la legislación federal, si entendía que desbordaba las competencias de la Unión. La jurisprudencia del Tribunal Supremo y, sobre todo, la derrota de los estados separatistas en la Guerra de Secesión, arrinconaron esas ideas. Que, sin embargo, siguen vivas: en Canadá, por ejemplo. En Alberta se promueve una "ley de la soberanía de Alberta", que pretende dar al parlamento de esa provincia la facultad de rechazar cualquier ley o cualquier sentencia de las instituciones federales.
La distribución de competencias molesta a las corrientes populistas. La presentan como fuente de ineficiencia. Creo que, en realidad, les incomoda por otros motivos. Impide la concentración del poder a la que aspiran: obliga a la negociación y la cooperación, y así no pueden brillar los liderazgos mesiánicos.
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