Tramitación parlamentaria

Una buena reforma laboral es una reforma pactada

Un escenario en el que el Congreso tumbara el acuerdo en materia laboral que lograron CCOO, UGT y CEOE con el Gobierno tendría consecuencias negativas para los trabajadores y para las empresas

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Carles Campuzano

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La experiencia propia y la política comparada nos recuerdan que en materia laboral el mejor acuerdo posible es siempre aquel que protagonicen los interlocutores sociales, que representan a la mayoría de las empresas y los trabajadores. La concertación social y las reformas basadas en los acuerdos entre empresarios y trabajadores son siempre más equilibrados en relación con los legítimos intereses, que acostumbran a ser contrapuestos, que tienen unos y otros. Una reforma resultado de la concertación, además, aporta estabilidad y sostenibilidad a la norma legal, transmite confianza a los inversores y refuerza el clima positivo para encarar la negociación colectiva, a nivel de empresas y sectores, que sabemos tiene un enorme impacto en la mejora de la competitividad de nuestro tejido empresarial y en el progreso en las condiciones laborales de los trabajadores.

Ahora bien, también es verdad que un acuerdo como este siempre tendrá su dosis de renuncia e insatisfacción por todas las partes. Y es que el éxito estará en el hecho de que todo el mundo habrá cedido en aspectos importantes de su agenda en beneficio de un compromiso. En cualquier caso, el acuerdo en materia laboral que lograron CCOO, UGT y CEOE con el Gobierno del Estado merece el apoyo de los grupos políticos con representación parlamentaría. Un escenario en el que el Congreso tumbara el acuerdo social tendría consecuencias negativas, tanto para los trabajadores como para las empresas, y profundizaría en el debilitamiento de organizaciones que necesitamos que sean bien sólidas en la medida en que son imprescindibles para articular una sociedad cohesionada. Recordemos que el último gran acuerdo en materia laboral resultado de la concertación data del tan lejano 1997, cuando el PP gobernaba en minoría y dependía de los votos de CiU y PNV y la moderación se imponía. Otra cosa es, sin embargo, que el Congreso por la vía de la tramitación parlamentaría del real decreto ley pueda mejorar determinados aspectos de la norma.

Ciertamente, son legítimas las demandas, singularmente desde Euskadi y Galicia, en favor de los marcos de relaciones laborales propios en la medida en que estos países cuentan con sindicatos mayoritarios y nacionales propios, no articulados a nivel confederal, a diferencia de Catalunya, donde los sindicatos nacionales mayoritarios tienen articulación estatal. Y, por otro lado, es comprensible la histórica crítica que la Pimec formula sobre su ausencia en la mesa negociadora a nivel estatal. Estas ciertamente son debilidades de un modelo de Estado que tampoco en el campo de las relaciones laborales apuesta por la pluralidad de actores que habrá que afrontar.

En cualquier caso, la reforma consolida las grandes tendencias de las reformas laborales de 2011 y 2012 de los gobiernos del PSOE y el PP, efectuadas en el depresivo contexto económico de aquellos años, y que dotaron al sistema de relaciones laborales de más elasticidad para adaptarse a la evolución del ciclo económico, reforzando todos los mecanismos de flexibilidad interna de las empresas como alternativa a los despidos y a la destrucción del tejido empresarial, especialmente de pymes. Y es que la normativa previa a aquellas reformas no evitó la destrucción de millones de puestos de trabajo y la liquidación de miles de empresas.

Plantear, como hacen algunos, incrementos de los costes de los despidos va en la dirección contraría del mantenimiento y la creación de ocupación que nos conviene

La flexibilidad para mantener la ocupación en tiempo de crisis y crear un clima de más confianza con la creación de ocupación en tiempo de crecimiento, por la vía de la racionalización de los costes del despido, no tiene marcha atrás si queremos mejorar la productividad y la competitividad de las empresas. Plantear, como hacen algunos, incrementos de los costes de los despidos va en la dirección contraría del mantenimiento y la creación de ocupación que nos conviene. Y es que el paradigma de los países más avanzados de Europa en materia laboral se basa en la flexiseguridad y en la idea de que más que proteger y asegurar un puesto de trabajo concreto hay que proteger y asegurar a los trabajadores. 

El acuerdo sí que modifica dos aspectos importantes de la reforma del PP de 2012, como son la recuperación de la denominada ultractividad de los convenios y, parcialmente, la prioridad aplicativa de los convenios sectoriales frente a los convenios de empresa. Esta última cuestión es clave para mejorar los salarios y evitar la mejora de la competitividad por la vía de la devaluación salarial.

Estamos ante una buena reforma, que solo nos genera dudas serias de su eficacia y riesgos evidentes por los cambios introducidos en materia de contratos temporales y que merecería la pena que en el trámite parlamentario se pudiera mejorar.

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