Resolución sobre los líderes independentistas

El Consejo de Europa y el 'procés'

Lo que sucede en la Asamblea de Parlamentarios es la antesala de lo que seguramente ocurrirá en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Los presos del 'procés' Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Cuixart, Jordi Turull y Oriol Junqueras, salen de la cárcel de Lledoners (Barcelona), el pasado 29 de enero de 2021.

Los presos del 'procés' Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Cuixart, Jordi Turull y Oriol Junqueras, salen de la cárcel de Lledoners (Barcelona), el pasado 29 de enero de 2021. / MIREIA ARSO

Mar Aguilera Vaqués

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La resolución de la Asamblea de Parlamentarios del Consejo de Europa del pasado lunes pedía la excarcelación de los condenados por el 1-O, la reforma del delito de sedición y la retirada de las euroórdenes contra los dirigentes independentistas. Las decisiones de la Asamblea de Parlamentarios se toman teniendo en cuenta el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que es el texto en el que se basan las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Que se reconozca que “España es una de las democracias más antiguas de Europa” no implica que no puedan existir errores y críticas. Aplicar con rigor y diligencia estas resoluciones es cumplir con la Constitución. El artículo 10.2 CE dispone que todos los derechos reconocidos en el Título 1 deben interpretarse teniendo en cuenta los tratados internacionales en la materia. En el artículo 10 la Constitución inicia esta relación entre lo humano y los poderes públicos. De hecho, el primer apartado subraya que dichos derechos deben interpretarse conforme a la dignidad humana, que es el punto de partida y de llegada.

Que se reconozca que España es una democracia no implica que no puedan existir errores y críticas

Quizás lo más llamativo de la resolución sea que las indicaciones a España se realizan juntamente con Turquía, uno de los países del mundo con más periodistas encarcelados conforme al Instituto Internacional de Prensa y Reporteros Sin Fronteras. También que se haya aprobado con 70 votos a favor, algunos de ellos provenientes de representantes españoles, 28 en contra (de representantes de España, Turquía y Azerbaiyán) y 12 abstenciones.  

Poco se ha debatido sobre la condena a la presidenta del Parlament de Catalunya y cuáles deberían ser los límites al debate en un Parlamento. La resolución del Consejo lo hace y destaca que permitir una discusión de esta índole no puede acarrear la pena de prisión por más que se vincule a la desobediencia. Más, teniendo en cuenta que “desde el año 2005 no existe en España el delito de convocatoria de un referéndum ilegal”.

La Asamblea también subraya que es “indiscutible que ni uno solo de los políticos catalanes llamó a la violencia” en ningún momento. Y así “celebra calurosamente el hecho de que los delitos de sedición y rebelión hayan sido objeto de un intenso debate en España en las esferas políticas y jurídicas”. Apuntando que se habían redactado recordando los golpes de Estado acaecidos en nuestra historia reciente llevados a cabo por militares armados. El Consejo no acoge la idea de que pueda existir “la violencia sin violencia”. Una “masa de manifestantes ejerciendo coerción psicológica a la policía”, continúa el texto de la resolución, no puede ni debe considerarse “alzamiento tumultuoso”, por más organizados y alterados que estuvieran los manifestantes. Y es por ello que aconseja reformar el Código Penal, el delito de sedición, y despejar cualquier margen de interpretación que pueda dañar el derecho de manifestación de manera que no puedan darse en un futuro situaciones como la actual: “sanciones desproporcionadas a transgresiones no violentas”. Porque, si no, ¿en qué quedará el derecho de manifestación?

Añade que muchos otros representantes públicos están siendo procesados y que las euroórdenes siguen en pie a pesar de “haber recibido más de un revés en los tribunales de Alemania, Bélgica y Reino Unido”. Con ello pide también que se retiren las euroórdenes y todos los procesos contra otros representantes políticos de menor rango.

Más allá del impacto de la resolución del Consejo de Europa y de su eficacia directa es importante anotar que lo que sucede en la Asamblea es la antesala de lo que seguramente ocurrirá en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Todo ello debería llevar a iniciar un debate sobre cuáles tienen que ser los pasos a seguir a partir de ahora que pueden producirse en el ámbito de la política y que si se recoge lo propuesto por el Consejo de Europa España debería “empezar un diálogo abierto y constructivo con todas las fuerzas políticas de Catalunya, incluidas aquellas que no quieren la independencia”. El fin sería “reforzar la democracia española”. Todo ello “conforme al Estado de derecho, el imperio de la ley, la buena gobernanza y el respeto absoluto a los derechos humanos”. Cuatro pilares indisolubles.

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