Opinión | Editorial

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Una interferencia innecesaria e inoportuna

Es preocupante que un órgano administrativo interfiera en decisiones de los poderes judicial y legislativo

Torra, en el Consell Executiu extraordinario tras su inhabilitación, este viernes.

Torra, en el Consell Executiu extraordinario tras su inhabilitación, este viernes. / periodico

La Junta Electoral Central (JEC) ha lanzado un torpedo bajo la línea de flotación del proceso de investidura de Pedro Sánchez, la estabilidad del Govern de la Generalitat y las perspectivas abiertas de normalización por la vía del diálogo del conflicto político catalán.

En una decisión tan discutible que lo ha sido hasta por 6 de sus 13 miembros, que presentarán votos particulares, la JEC ha dictaminado que Quim Torra debe perder su condición de diputado en el Parlament por haber incurrido en desobediencia. Una interferencia innecesaria cuando el Tribunal Supremo (TS) aún debe resolver el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, y en un sentido sobre el que había pocas dudas desde el mismo momento en que el propio Torra optó por la autoinculpación. Y además de innecesaria, inoportuna, por su coincidencia con un pleno de investidura posible tras un acuerdo entre el PSOE y ERC que la derecha española se ha comprometido a impedir por la vía de los tribunales, ya que no pudo hacerlo en las urnas.

Sin ningún disimulo, los líderes de PP y Cs competían este viernes por atribuirse el mérito de haber desalojado a Quim Torra de la presidencia de la Generalitat. Consecuencia de la decisión de la JEC que desde el Govern se discute, recordando que según el Estatut el ‘president’ solo puede ser desalojado de su cargo por decisión del Parlament o condena penal firme (algo que el presidente de la Generalitat se resistió a reconocer), por lo que instancias judiciales superiores deberían dejar sin efecto una inhabilitación de Torra como presidente buscada por la puerta trasera de retirarle la condición de diputado.

La intromisión de la JEC en las decisiones de las más altas instancias judiciales españolas y europeas no se ha acabado aquí: el rechazo a que Oriol Junqueras pueda acceder al acta de eurodiputado cortocircuita el procedimiento por el cual el TS debe decidir cómo interpreta y aplica la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que estableció que el líder de ERC goza de la condición de eurodiputado y de la inmunidad correspondiente hasta que el Parlamento Europeo se la retire. Las consecuencias políticas están por ver, tras sucederse muestras de rechazo contra las decisiones de la JEC, a las que se unen las dirigidas en realidad contra las que ha tomado ERC en los últimos días.

Como los portavoces del PSOE recordaron este viernes, la JEC no es un órgano judicial, y es más que discutible que entre sus atribuciones estén las de condicionar y complicar la vida política y las decisiones de los tribunales, los equilibrios institucionales, incluso entre España y Europa, y el proceso de toma de decisiones trascendentales en el Congreso.

Ante la extemporánea actuación de la JEC, a la que el TS ya enmendó la plana cuando intentó impedir que Carles Puigdemont se presentara a las elecciones europeas, cabe cuestionarse el porqué de esta interferencia, 15 horas antes del inicio del pleno de investidura y a instancias de los partidos de la derecha española. Cualquier respuesta posible a esta pregunta resulta francamente preocupante.