Día internacional de los refugiados
En defensa de los derechos de los refugiados
La asistencia letrada es trascendente desde el primer momento de llegada a nuestro país

justiciaw / periodico

Maria Eugènia Gay
Maria Eugènia GayTeniente de alcaldía de Derechos Sociales, Cultura, Educación y Ciclos de Vida del Ayuntamiento de Barcelona
Maria Eugènia Gay
La actual ola de migraciones -posiblemente la más alta jamás registrada en el mundo, después de la segunda guerra Mundial- tiene su base en las situaciones de conflicto extremo procedentes de África Occidental y Oriente Próximo (Siria y Afganistán) que han obligado, según datos del último informe de ACNUR sobre 'Tendencias globales', a cerca de 70.8 millones de personas a abandonar sus hogares para salvar sus vidas. Una cifra que representa la población que tienen países como Tailandia o Turquía, y que indica que en el último año ha habido 2,3 millones de personas más desplazadas huyendo de persecuciones respecto el año pasado.
Este dramático fenómeno pone de manifiesto que han fallado las políticas de gestión, asistencia y tratamiento de este aluvión de refugiados en Europa. Los datos de nuestro país nos interpelan como estado miembro de la Unión Europea. Así, en España, 16.846 personas procedentes de Venezuela y 10.122 colombianos y colombianas han pedido protección internacional en los primeros 5 meses del año sin que se haya dado una respuesta eficaz a estas peticiones.
Ante esta cruda realidad se hace necesario lanzar un llamamiento generalizado a los recientemente escogidos parlamentarios europeos, apelando a los valores fundacionales de Europa, que son la solidaridad, la igualdad y la dignidad humana, para que su prioridad se centre en revertir esta trágica situación. Es inconcebible negar el derecho humano a la movilidad, máxime cuando se trata de defender un bien tan fundamental como es la vida, cuando las personas se ven obligadas a huir porque sus Estados han sido incapaces de ofrecer un clima de paz y de protección de los derechos de sus ciudadanos ante graves ataques que se convierten en crímenes de lesa humanidad.
Fue gracias al desarrollo del concepto social de los 'derechos de la persona' que se pudo vertebrar un ordenamiento jurídico supranacional que tuviera en cuenta la dignidad del individuo como bien supremo, logrando grandes avances en materia de derechos civiles. En este sentido, cabe señalar que es la comunidad internacional quien debe procurar la protección internacional de las personas, al menos ese es el mandato nacido del artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el cual sentencia que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos".
La abogacía como garante de los derechos y libertades de las personas asume también una responsabilidad social, expresada fundamentalmente en la defensa y promoción en el acceso a la justicia, el Estado de derecho y los derechos humanos; pero también en la generosidad de defender causas sociales y nos hace erigirnos en portavoces del sentir colectivo de temas que afectan al interés público. El derecho al asilo no es una cuestión individual, la historia demuestra que nadie está exento de tener que solicitar asilo o refugio.
Por este motivo, desde el Col.leegi de l'Advocacia de Barcelona reivindicamos la trascendencia de la asistencia letrada desde el primer momento de llegada de los refugiados y refugiadas a nuestro país para garantizar su tutela judicial efectiva, ya que la complejidad del procedimiento para solicitar asilo o protección subsidiaria y el desconocimiento que tienen puede poner en riesgo sus derechos, lo que no podemos permitir, como defensores de los derechos humanos.
El principio de no devolución es un componente fundamental de la prohibición consuetudinaria de la tortura y los tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes a cualquier persona. El papel de la abogacía ante la defensa de los derechos de los refugiados y refugiadas es fundamental, ya que solo la asistencia letrada especializada garantiza su eficacia. Es por este motivo que es esencial que su actuación no quede confinada por los límites del procedimiento administrativo o judicial, sino que se debe promover que sea previa a su inicio, detectando las situaciones acreedoras de protección internacional. Tan esencial es la detección de las situaciones de peligro como la defensa de los intereses y derechos en el marco del procedimiento normativo adecuado.
Resultan hoy más vigentes que nunca las palabras de Eduardo Couture en su obra "Los mandamientos del abogado": "Tened fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia como destino normal del derecho, en la paz como sustitutivo bondadoso de la justicia; y por encima de todo, tened fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia ni paz”.
*Decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona
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